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Todo lo que debes saber sobre el bono joven de alquiler: quién puede pedirlo y cuánto dinero

Los solicitantes deberán tener entre 18 y 35 años y sus ingresos no pueden estar por encima de tres veces el IPREM

Todo lo que debes saber sobre el bono joven de alquiler: quién puede pedirlo y cuánto dinero

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:34

El Consejo de Ministros ha dado luz verde este martes al real decreto que desarrolla el Plan Estatal de Acceso a la Vivienda 2022-2025, dotado con 1.717 millones de euros, y el bono joven de ayuda al alquiler, consignado con otros 400 millones, así como el anteproyecto de ley de arquitectura.

La ministra de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana, Raquel Sánchez, ha anunciado que el bono joven de alquiler -250 euros mensuales para jóvenes entre 18 y 35 años que cobren un salario inferior a tres veces el Iprem (es decir, 24.318 euros)- también incluye ayudas de 300 euros, ampliables a 450, para alquilar una habitación. Eso sím los criterios definitivos se fijarán en la próxima conferencia sectorial entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agencia Urbana (Mitma) y las comunidades autónomas, como ha señalado la ministra del Mitma, Raquel Sánchez.

A continuación te explicamos qué implica este bono joven para el alquiler, quién tiene derecho a ello, cuánto dinero se puede recibir y desde cuándo se puede pedir.

¿QUIÉN TIENE DERECHO A ESTA AYUDA?

Los solicitantes deberán tener entre 18 y 35 años, sus ingresos no pueden estar por encima de tres veces el IPREM (es decir, 24.318 euros), y la renta de alquiler no deberá superar los 600 euros mensuales, aunque se puede ampliar a 900 euros en las zonas más tensionadas. Según el Gobierrno, la medida beneficiará a unos 70.000 jóvenes.

Este bono, que se concederá por un plazo de dos años, será compatible con otras ayudas de las comunidades autónomas, siempre que no supere el "40% de la renta del alquiler, descontado el bono", ha precisado la ministra.

¿CUÁNTO DINERO PUEDO RECIBIR?

Los perceptores del bono recibirán un máximo de 250 euros mensuales, que deberán destinar obligatoriamente a pagar la renta.

¿VALE CUALQUIER CASA?

No. La renta máxima del inmueble alquilado con carácter general será de 600 euros. Sin embargo, las CC.AA. que lo deseen podrán subir ese límite a 900 euros en el caso de que los precios de alquiler sean de media sustancialmente más altos.

¿Y SI SE COMPARTE PISO?

El decreto deja en manos de las comunidades autónomas regular este tipo de situaciones, siempre y cuando se respeten las limitaciones fijadas. Lo que sí se contempla es que todos los inquilinos de la casa puedan solicitarlo si cumplen los requisitos y si la suma de las cuantías recibidas no es superior al alquiler que pagan.

¿Y SI SOLO PAGO POR EL ALQUILER DE UNA HABITACIÓN?

Si sólo tienes alquilada una habitación y no un piso completo el límite para recibir esa ayuda será el triple del IPREM y el tope de precio que puede tener la habitación que se alquila es de 300 euros. De nuevo, se contempla que las comunidades eleven este límite hasta 450 euros en aquellos lugares donde los arrendamientos son más caros.

¿ES COMPATIBLE CON OTRAS AYUDAS?

Sí, aunque al principio no iba a ser así finalmente dicha ayuda será compatible con tener también el ingreso mínimo vital o ayudas por situación de vulnerabilidad. También será compatible con las ayudas para jóvenes que contempla el Plan Estatal de Vivienda 2022-2025

¿DESDE CUÁNDO PUEDO ACCEDER A ESTAS AYUDAS?

El plazo para solicitar estas ayudas se abrirá dentro de "mes y medio o dos meses máximo", aunque se efecto será con efecto retroactivo desde el 1 de enero. Será imprescindible presentar el contrato de arrendamiento y estar empadronado en dicho domicilio.

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