El SEPE te paga el paro incluso en edad de jubilación: la Seguridad Social lo aprueba a estas personas
Existen varias excepciones que dependen de que cumplas con los requisitos necesarios para acceder a la pensión contributiva, desempleados con una pensión de jubilación parcial o que perciben una pensión del extranjero

Dos personas en la entrada de una oficina de empleo
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La normativa española establece que el paro y la jubilación no son compatibles, ya que al llegar a la edad ordinaria establecida por ley, el trabajador deja de percibir la prestación contributiva por desempleo para comenzar a cobrar la pensión de jubilación. Sin embargo, existen excepciones legales que permiten seguir cobrando el paro aunque se haya alcanzado esa edad. La clave está en los requisitos necesarios para acceder a la pensión, ya que no todas las personas pueden jubilarse al cumplir los 65 o 66 años.
Según el artículo 272 de la Ley General de la Seguridad Social (LGSS), si una persona llega a la edad de jubilación ordinaria pero no ha cotizado lo suficiente, no pierde el derecho a seguir percibiendo el paro. En estos casos, la prestación por desempleo se mantiene hasta que el beneficiario consuma su duración máxima o logre reunir los requisitos exigidos para solicitar la pensión contributiva. Esta situación debe ser debidamente justificada ante el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), mediante un certificado expedido por la Seguridad Social, que acredite que no se cumplen las condiciones para la jubilación.
Casos reconocidos por la Seguridad Social
No se trata de un vacío legal, sino de una posibilidad que el propio SEPE contempla en su página web oficial (ver aquí), aunque no figure de forma detallada en el texto de la ley. Eso sí, no aplica a los ERTE, ya que en ese contexto el trabajador sigue vinculado a la empresa y el paro tiene un carácter parcial o temporal.

Juego de petanca
También existen otras situaciones menos conocidas que permiten seguir cobrando el paro tras alcanzar la edad legal de jubilación. Por ejemplo, quienes se encuentran en jubilación parcial y pierden su empleo a tiempo parcial pueden solicitar el paro si reúnen los requisitos exigidos. En este caso, la jubilación parcial no impide acceder a la prestación por desempleo, siempre que haya finalizado la actividad laboral y se haya cotizado lo necesario.
Un caso especial afecta a las personas que reciben una pensión de jubilación extranjera. Si el trabajador aún no tiene derecho a jubilarse en España —por no haber cotizado lo suficiente o por otros motivos legales—, pero sí percibe una pensión procedente de otro país, puede seguir cobrando el paro mientras no alcance los requisitos que exige la Seguridad Social española. Esto es habitual en personas que han trabajado parte de su vida fuera del país, sobre todo en sistemas que permiten compatibilizar ambas situaciones, como los de la Unión Europea o países con convenios bilaterales.
Compatibilidad con subsidios y otros ingresos
En cuanto a los subsidios por desempleo, como el que se ofrece a mayores de 52 años, también existen requisitos específicos. Uno de los más importantes es que el beneficiario no supere el 75 % del salario mínimo interprofesional (SMI) en ingresos mensuales. Para este 2025, la cifra máxima permitida es de 888 euros mensuales, sin contar las pagas extra. Aquí se incluyen todo tipo de rentas: salarios, alquileres, intereses bancarios e incluso otras pensiones.

Además, salvo en el caso del subsidio para mayores de 52 años, el resto de ayudas exigen responsabilidades familiares: cónyuge o hijos menores de 26 años, o mayores con discapacidad, que no superen el mismo umbral de ingresos. Estas condiciones refuerzan la idea de que los subsidios están dirigidos a proteger situaciones de especial vulnerabilidad, por lo que su mantenimiento, incluso cerca o pasada la edad de jubilación, se sujeta a un estricto control económico y familiar.
En definitiva, aunque la norma general marca la incompatibilidad entre paro y jubilación, la ley y el SEPE reconocen diversas situaciones en las que es posible seguir cobrando el desempleo más allá de los 65 o 66 años. Por eso, si estás en una situación límite o no cumples con todos los requisitos para jubilarte, conviene informarse bien y acudir a los canales oficiales para no perder un derecho que, en muchos casos, puede marcar la diferencia en la recta final de la vida laboral.