La Seguridad Social quita las pensiones de viudedad a quienes no cumplan: 2,3 millones de personas afectadas

La gran mayoría de los perceptores de esta prestación son mujeres, siendo el segundo grupo más numeroso de beneficiarios después de las jubilaciones

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Un hombre empuja a un jubilado en silla de ruedas junto a anuncios de planes de pensiones en el edificio de Kutxabank.

José Manuel Nieto

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La pensión de viudedad siempre ha sido una red de seguridad fundamental para millones de personas que han perdido a su cónyuge o pareja de hecho. Sin embargo, en los últimos meses, la Seguridad Social ha activado una política de mayor control y ha comenzado a retirar esta prestación a quienes ya no cumplen los requisitos legales. El impacto es significativo: 2,3 millones de personas están bajo revisión, y muchas de ellas podrían perder este ingreso vital.

La cifra no es menor, sobre todo si se tiene en cuenta que esta pensión es la segunda más numerosa en España, solo por detrás de las de jubilación. Además, hay un factor especialmente sensible: la mayoría de las personas que la reciben son mujeres, muchas de ellas mayores, sin otra fuente de ingresos estable.

El endurecimiento de los criterios para mantener la pensión de viudedad obedece al objetivo de asegurar que solo quienes cumplen estrictamente con las condiciones legales sigan cobrando. Entre los motivos que pueden llevar a la retirada de la ayuda está el haber contraído nuevo matrimonio o haber formalizado una nueva pareja de hecho sin que se cumplan las excepciones previstas en la ley. También se están revisando casos en los que se han ocultado cambios en la situación familiar o económica del beneficiario.

Casos que acaban en devolución

El miedo a perder la pensión se ha extendido en parte del colectivo afectado, especialmente tras saberse que la Seguridad Social no solo retira la prestación en caso de irregularidades, sino que también exige la devolución de las cantidades cobradas indebidamente. Eso significa que muchas personas podrían encontrarse, además, con una deuda que no esperaban.

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Un jubilado pasea por la Iglesia del Cid de Maestrazgo, Teruel provincia

Uno de los puntos clave en esta revisión tiene que ver con la convivencia y la situación económica del beneficiario. Quienes han iniciado una nueva vida en pareja pueden conservar la pensión únicamente si esta representa al menos el 75% de sus ingresos anuales, o si los ingresos conjuntos no superan el doble del Salario Mínimo Interprofesional. En muchos casos, sin embargo, los registros no estaban actualizados, y eso está desencadenando la suspensión de pagos mensuales.

A esto se suma que el fallecido debía haber estado cotizando al menos 500 días en los cinco años previos al deceso, salvo que el fallecimiento se haya debido a un accidente o una enfermedad profesional. El vínculo legal también se está escrutando al detalle: en parejas de hecho, por ejemplo, debe acreditarse una convivencia mínima de cinco años. Si esa documentación no es clara o no se entregó correctamente, la Seguridad Social está procediendo a anular el derecho.

Cada vez más controles

Este mayor control ha hecho que los despachos de asesoría y los puntos de atención ciudadana estén recibiendo un aluvión de consultas. Muchas personas han descubierto que su situación no cumple los requisitos que pensaban. Otras se encuentran directamente con la suspensión de la prestación sin previo aviso, y deben iniciar un procedimiento para justificar que sí tienen derecho a ella.

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Una jubilada en un cajero automático

Lo que queda claro es que la pensión de viudedad, aunque tiene un carácter generalmente vitalicio, no es incondicional. Las reglas se están aplicando con cada vez más rigor, y conviene revisar periódicamente si se sigue cumpliendo con los criterios exigidos. Porque no solo está en juego una ayuda mensual: también puede haber consecuencias económicas graves si se considera que ha habido un cobro indebido.