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Correas: “En 8 meses no se ha buscado un marco legal común. La alternativa es el estado de alarma"

El análisis de la actualidad de Ángel Correas en 'La Mañana Fin de Semana'

Ángel Correas

Tiempo de lectura:3Actualizado17 mar 2023

Domingo en el que Gobierno aprobará por cuarta vez en democracia un estado de alarma.

El primero fue en diciembre de 2010 con la huelga de controladores aéreos, después vino el de Marzo de este año 2020, en la primera ola del coronavirus. Este mismo mes se aprobó un tercero específico para la Comunidad de Madrid y con el de hoy, llegaría el cuarto.

Cada uno de ellos con sus propios matices. Ninguno igual. Los de la etapa del coronavirus han sido muy diferentes en su ámbito de actuación y duración.

Por ejemplo, ayer terminó el estado de alarma específico para la Comunidad de Madridque ha implicado el cierre perimetral de la capital y otros 8 municipios de la región durante 15 días.

Nada que ver con el estado de alarma decretado en marzo, con la primera ola de coronavirus, de ámbito nacional, con mando único del Gobierno, con un confinamiento domiciliario y que duró cerca de 3 meses con sucesivas prórrogas en el Congreso.

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EL NUEVO ESTADO DE ALARMA

El que hoy se aprueba tiene también sus propios matices. En principio será un estado de alarma nacional pero no tendrá un mando único sino que dejará la toma de decisiones en manos de las comunidades autónomas y tampoco habrá un confinamiento duro para evitar la paralización de la actividad social y económica.

El estado de alarma que hoy sale adelante pretende ser un paraguas legal para que las comunidades puedan restringir movimientos sin pasar por los tribunales.

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Dicho de otra manera, y para ser prácticos. Este estado de alarma da la posibilidad legal de imponer toques de queda regionales en los que se limite la movilidad de los ciudadanos por la noche, una vez que la actividad social, económica o lectiva haya decaído. Una medida que se dirige, sobre todo, a controlar actividades como los botellones o las fiestas privadas.

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Eso sí, este paraguas legal, tiene fecha de caducidad. La vigencia del estado de alarma es de 15 días y a partir de ahí tiene que recibir el visto bueno del Congreso.

Este es el aspecto técnico del estado de alarma que se avecina. Otra cosa la lectura política que ha marcado estos meses.

El estado de alarma debería ser una solución extrema, cuando el resto de alternativas legales ha fallado o es insuficiente.

El problema es que las opciones han pasado estos meses por las limitaciones que las comunidades autónomas que han tenido que recibir el visto bueno de los juzgados.

En muchos casos esas medidas han acabado tumbadas por la Justicia y eso ha generado caos e incertidumbre. Una situación que solo ha beneficiado al coronavirus.

La solución pasa por adaptar la legislación y crear un derecho de la pandemia, un marco normativo común, permanente, en el que todo el mundo se adapte, porque actualmente las comunidades se agarran a una ley de 1986. Que ya ha llovido. Una ley que para unos jueces es válida y para otros se queda corta a la hora de restringir derechos fundamentales. Hace falta adaptar la ley a a nueva situación.

En 8 meses de pandemia no se ha legislado sobre el mayor problema de salud pública desde hace décadas

Sin embargo en 8 meses de pandemia no se ha legislado sobre el mayor problema de salud pública desde hace décadas.

En 8 meses, no se ha hecho nada por lo que, ahora mismo la única alternativa que queda para asegurar las medidas de restricción y no perder un tiempo precioso es la del estado de alarma.

Y es una alternativa con fecha de caducidad que además implica la farragosa negociación política que viene de serie en este país... Y en esas estamos.Con un Gobierno que no coge las riendas y deja la iniciativa a las comunidades y con las regiones que piden la declaración de estado de alarma en función de las siglas políticas.

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