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¿Por qué Sánchez puede prorrogar el estado de alarma seis meses con una única votación?

El Gobierno no tiene obligación de renovar el estado de alarma cada dos semanas porque la ley no exige un máximo de duración a las prórrogas

El mecanismo que permitiría al Gobierno llevar el estado de alarma hasta diciembre

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 26 oct 2020

El Consejo de Ministros extraordinario de este domingo ha aprobado un nuevo estado de alarma para toda España con una duración de 15 días, pero con la intención de prolongarse durante seis meses más. Concretamente, el Ejecutivo se plantea extenderlo hasta el 9 de mayo, siempre que obtenga el respaldo mayoritario del Congreso en una única votación que Sánchez ha anunciado para esta misma semana.

El estado de alarma había sido pedido en las últimas horas por las comunidades autónomas del País Vasco, Cataluña, Cantabria, así como la mayoría de gobiernos regionales del PSOE. Por el contrario, ninguna de las autonomías gobernadas por el PP han solicitado esa medida.

Las posibles prórrogas del estado de alarma

En el decreto solo se puede fijar el estado de alarma por 15 días, tal y como lo señala el artículo 116 de la Constitución. Sánchez espera contar con apoyos suficientes para que su prórroga de seis meses sea efectiva y someterla a votación una única vez, y no cada dos semanas como pasó en los meses de abril y mayo, cuando cada 15 días todo el país miraba hacia el Congreso de los Diputados para saber si el estado de alarma seguía vigente.

Lo cierto es que el Gobierno sí puede pedir una prórroga de seis meses del estado de alarma. Sánchez no tiene obligación de renovar el estado de alarma cada dos semanas porque la ley no exige un máximo de duración a las prórrogas, si consigue la aprobación del Congreso. Cuando se declara por primera vez, el plazo máximo del estado de alarma es de 15 días, pero ese límite no existe para las prórrogas. La Constitución Española fija el estado de alarma, junto a los de excepción y sitio, en el artículo 116, donde se señala que será declarado por el Ejecutivo "por un plazo máximo de quince días, dando cuenta al Congreso de los Diputados". Ese plazo no podrá ser prorrogado sin la autorización del Congreso de los Diputados, "que en este caso podrá establecer el alcance y las condiciones vigentes durante la prórroga". Así lo señala el artículo sexto de la ley orgánica de 1981 que desarrolla la regulación de los estados de alarma, excepción y sitio.

En esta dirección, el Ejecutivo propone prorrogar el estado de alarma por un plazo determinado, el que sea, y el Congreso tiene que autorizarlo o denegarlo. Así fue cómo ocurrió con el primer precedente de estado de alarma desde la entrada en vigor de la Constitución: el decretado por el Gobierno de José Luis Rodríguez Zapatero el 4 de diciembre de 2010 para afrontar la situación de cierre del espacio aéreo español debido al anunciado abandono de los controladores de sus puestos de trabajo en el puente de la Constitución, en aquella ocasión se decretó durante un mes.

El Gobierno confía en conseguir todos los votos necesarios ante una posible prórroga, sobre todo después de haber salido 'triunfador' de la moción de censura presentada por Vox. Sánchez espera conseguir la mayoría, incluyendo Ciudadanos, que consiguió en primavera para sacar adelante las diferentes prórrogas del estado de alarma, algunas marcadas por ciertas polémicas como el acuerdo con Bildu para derogar la reforma laboral de Mariano Rajoy. En este sentido, desde las filas socialistas se han mostrado abiertos a negociar con el Partido Popular las futuribles prórrogas, después de que el partido de Pablo Casado se negará a apoyar las últimas del anterior estado de alarma por la supuesta intencionalidad política que denunciaban por parte del Ejecutivo de coalición.

¿Qué pasa con el toque de queda?

Las comunidades autónomas podrán levantar a partir del 9 de noviembre, en función de cómo evolucione su situación epidemiológica, el toque de queda nocturno fijado por el nuevo estado de alarma aprobado este domingo en un Consejo de Ministros extraordinario, según han precisado fuentes gubernamentales.

En concreto, el Ejecutivo ha explicado que esta obligación de aplicar un confinamiento nocturno entre las 23.00 horas y las 06.00 --modulable ligeramente-- en todo el territorio menos en Canarias se incluye en el decreto aprobado este domingo, cuya vigencia es de quince días, y que no requiere ser convalidado en el Congreso.

Sin embargo, el decreto que regulará la prórroga de seis meses del estado de alarma sí incluirá la posibilidad de que los gobiernos autonómicos desactiven el llamado toque de queda, si la situación epidemiológica en su territorio lo permite. Es decir, las comunidades podrán decidir a partir de entonces sobre este asunto, al igual que tienen ya la capacidad de confinar total o parcialmente sus territorios.

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