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¿Pueden indemnizar a las personas absueltas en el 'caso Bankia' por el tiempo pasado en prisión?

El abogado Jesús Lorenzo ha explicado que “hay una sentencia de 2017 que da la posibilidad de reclamar casi de manera automática", pero las indemnizaciones son ridículas

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 14:03

La salida a bolsa de Bankia y su rescate, el mayor de la historia en España, se salda con 34 absoluciones, entre ellas, la del expresidente Rodrigo Rato. El tribunal ha llegado a definir los argumentos de Anticorrupción como "proclamas basadas en premisas cuya veracidad están huérfanas de pruebas y en las que reina la total carencia de precisión de acontecimiento". De este modo, la sentencia zanja muchos debates clave, asegurando que las cuentas son válidas porque así lo fijaron la CNMV y el Banco de España. En cuanto a la salida a bolsa, la Audiencia considera que Bankia tenía suficientes provisiones para afrontar sus desafíos, al contrario de lo que defendieron los dos peritos judiciales —dos inspectores del Banco de España—, de los que el tribunal reniega llamándoles "peritos de la acusación".

Tras conocer el fallo, este miércoles ha sido entrevistado en 'Herrera en COPE' el abogado Jesús Lorenzo, que ha dicho que “hay una sentencia de 2017 que da la posibilidad de reclamar casi de manera automática a todos los que están en prisión provisional y luego salen absueltos por una sentencia” o se dicta respecto a ellos “auto de sobreseimiento libre. Se puede reclamar, ahora, ninguna cuantía te va a resarcir le hecho de estar 600 días en prisión provisional”, ha explicado el letrado en relación a los instrumentos jurídicos que asisten a las personas absueltas.

El abogado ha puesto el foco en el caso de Ángel Acebes, también acusado en este proceso, que este miércoles ha respondido a preguntas de Carlos Herrera que “han sido nueve años en los que cada mañana, cuando me levantaba, tenía una losa encima, que era una acusación grave, injusta y falsa. Durante nueve años, ni yo ni mi familia hemos dejado de pensar un día en esa acusación”.

A juicio del letrado, “lo de Acebes es un error judicial. Ahora empieza un calvario para intentar conseguir esa indemnización. Hay un mecanismo que es el contencioso administrativo”, pero es muy tedioso.

“Las indemnizaciones son ridículas. Hay algunas de cinco mil euros. Te indemnizan con cinco mil euros porque dicen que es lo que vale el honor de una persona que ha estado en prisión. El Supremo dice que hay diferentes parámetros como el tiempo, la ruptura social o la privación de libertad” para el cálculo de esa indemnización.

No obstante, Lorenzo ha dicho que cada una de las personas absueltas tendrá que demandar la indemnización por separado ya que tiene que detallar su caso concreto y justificar que cumple con los parámetros fijados por los jueces.

“Nunca recomiendo las demandas colectivas porque en las individuales te centras en el caso particular”, ha dicho el letrado, que también le ha pedido a los jueces de instrucción “que no se aplique la prisión provisional como se está aplicando”. En violencia de género, los acusados “son detenidos automáticamente y se les aparta socialmente”, ha criticado el abogado.

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