Más de 100 sanciones en Molina de Segura por el mal uso de los patinetes
Las denuncias se han presentado desde que entró en vigor la ordenanza hace ahora un año. Se refieren a la edad mínima para llevar un patinete, las vías permitidas y su velocidad. Las infracciones llevan multa de entre 100 y 500 euros

Jose Angel Alfonso, alcalde de Molina de Segura
Murcia - Publicado el
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El alcalde de Molina de Segura, José Ángel Alfonso, ha informado de que, desde que entrara en vigor hace casi un año la Ordenanza Municipal reguladora de la circulación de los vehículos de movilidad personal en el término municipal, los agentes de Policía Local han impuesto un total de 109 sanciones por mal uso de patinetes y otros VMP, entre junio de 2024 y mayo de 2025. Así, el primer edil ha recordado que “la ordenanza regula puntos tan significativos como la edad mínima de uso del patinete, fijada en los 15 años, las vías permitidas y su velocidad, la utilización para actividades económicas así como el régimen sancionador. Además, estos vehículos no pueden circular por la acera”.
Según el regidor molinense, José Ángel Alfonso, “el objetivo de esta ordenanza es regular la circulación de estos vehículos en todo el término municipal, armonizando los distintos usos de las vías y espacios urbanos”. El primer edil ha añadido que “con esta ordenanza estamos consiguiendo un mayor control del tráfico y, por tanto, potenciando la seguridad vial en el término municipal de Molina de Segura”.
Por su parte, el concejal de Movilidad y Policía Local, Antonio Martínez, ha recordado que “las sanciones establecidas en la normativa para aquellas personas que no cumplan con la ordenanza oscilan entre los 100 y los 500 euros”. El edil del ramo ha añadido que “los vehículos de movilidad personal (VMP) son aquellos dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos, que pueden proporcionar una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h. Solo pueden estar equipados por un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado y deben cumplir con las características y los requisitos técnicos indicados en la nueva ordenanza, así como los requisitos exigidos por la Dirección General de Tráfico (DGT)”.
Entre los aspectos recogidos en la ordenanza, destacan los siguientes: