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El BOR publica las actividades que se consideran esenciales y no tendrán que cerrar a las 5 de la tarde

Son una treintena y pertenecen a muy diversos sectores. En cualquier caso, sólo podrán seguir abiertos hasta el inicio del toque de queda, a las 10 de la noche

El BOR publica las actividades que se consideran esenciales y no tendrán que cerrar a las 5 de la tarde

Tito AlcaláLogroño

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 13:55

El Gobierno de La Rioja acuerda el cierre, a las 17:00 horas, de todos los establecimientos públicos no esenciales, desde este próximo sábado, 16 de enero, para frenar la curva de contagios de COVID-19. El Boletín Oficial de La Rioja (BOR) publica larelación de actividades que se consideran esenciales y que, por lo tanto, podrán seguir abiertas al público después esa hora y hasta las 10 de la noche, hora en que comienza el toque de queda.

CONSULTA:

Resolución de 13 de enero de 2021, de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Salud y Portavocía del Gobierno, por la que se dispone la publicación del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 13 de enero de 2021, por el que se actualizan las medidas sanitarias preventivas vigentes para la contención de la COVID-19 en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de La Rioja

Son una treintena y pertenecen a muy diversos sectores:

- Farmacias y otros establecimientos que provean de bienes y servicios de primera necesidad.

- Comedores de hoteles y casas rurales, para servir comidas solo a sus huéspedes (máximo cuatro por mesa).

- Servicios de restauración incluidos en centros y servicios sanitarios, sociosanitarios, comedores escolares y comedores sociales.

- Servicios de comida a domicilio o recogida, sin consumo en el establecimiento por parte del cliente (hasta las 22.00 horas).

- Establecimientos comerciales minoristas de alimentación, bebidas, productos y bienes de primera necesidad, clínicas veterinarias, ópticas y productos ortopédicos, artículos higiénicos, prensa y papelería, combustible para automoción, estancos, equipos tecnológicos y de telecomunicaciones, alimentos para mascotas, comercio por internet, telefónico o correspondencia, tintorerías, lavanderías y el ejercicio profesional de la actividad de peluquería a domicilio.

- Servicios en la cadena de producción y distribución de artículos sanitarios.

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- Actividades de servicios transporte que se desarrollan desde el estado de alarma.

- Centros sanitarios y que atienden a mayores, menores, personas dependientes o con discapacidad y las personas que trabajen en empresas, centros de I+D+I y biotecnológicos vinculados a la covid-19 y servicios funerarios.

- Centros de atención sanitaria a animales.

- Personas que trabajan en puntos de venta de prensa y en medios de comunicación, agencias de noticias y en su impresión o distribución.

- Empresas de servicios financieros, bancos, seguros y de inversión.

- Empresas de telecomunicaciones, audiovisuales, servicios informáticos, redes e instalaciones.

- Servicios relacionados con la protección y atención a víctimas de violencia de género.

- Abogados, procuradores ,graduados sociales, traductores, intérpretes y psicólogos que asistan a las actuaciones procesales.

- Servicios y asesorías legales, gestorías administrativas y prevención de riesgos laborales en cuestiones urgentes.

- Servicios en las notarías y registros para el cumplimiento de los servicios esenciales.

- Servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia, además de recogida de de residuos peligrosos y sólidos urbanos.

- Centros de Acogida a Refugiados y en de Estancia Temporal de Inmigrantes.

- Servicios de abastecimiento, depuración, conducción, potablización y saneamiento de agua.

- Actividades indispensables para la provisión de servicios meteorólogicos.

- Operadores para prestación de servicio postal universal.

- Empresas de distribución y entrega de productos adquiridos por el comercio por internet.

- Todas las actividades que presten servicios que hayan sido considerado esenciales.

El BOR también establece otras excepciones para el cierre a las 17.00 horas:

- Velatorios y entierros.

- Ceremonias nupciales y otrascelebraciones religiosas o civiles (salvo en lo atinente a la hostelería).

- Zonas comunes de hoteles y alojamientos turísticos.

- Albergues turísticos.

- Albergues juveniles.

- Bibliotecas.

- Archivos.

- Museos, salas de exposiciones, monumentos y otros equipamientos culturales.

- Cines, teatros, auditorios, circos de carpa y espacios similares, así como recintos al aire libre y locales y establecimientos destinados a actos y espectáculos culturales.

- Actividades en academias, autoescuelas y centros privados de enseñanza no reglada, centros de formación y similares, tanto públicas como privadas.

- Práctica de actividad deportiva federada de competencia autonómica.

- Actividad cinegética.

- Pesca recreativa.

- Turismo activo y de naturaleza, centros de interpretación y similares.

- Celebración de congresos, encuentros, reuniones de negocio, conferencias y eventos.

Por el contrario, a las 5 de la tarde, tendrán que cerrar el resto de comercios, gimnasios, restauración y hostelería.

Para el presidente de la Asociación de bares de la calle Laurel de Logroño, Fernando Elías, esta no es la solución.

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Por otra parte, casinos, casas de apuestas y salones de juego podrán reabrir, siempre que no superen el 50 por ciento de su aforo, a partir del próximo sábado.

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