Un año más de prisión para un vecino de Vilalba por agredir sexualmente a la nieta de sus vecinos

Inicialmente, la Audiencia Provincial de Lugo lo había sentenciado a dos años de reclusión, pero el Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, tras revisar el caso, ha subido la pena a tres años de cárcel

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Ramudo

El procesado había sido sentenciado inicialmente a dos años de cárcel por la Audiencia Provincial de Lugo

José Luis Ramudo

Lugo - Publicado el - Actualizado

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG) ha aumentado en un año la pena a dos años de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Lugo a un hombre por agredir sexualmente a la hija menor de edad de sus vecinos, abuelos de la víctima.

De esta forma, los magistrados han estimado el recurso de apelación interpuesto por los padres de la menor y han suprimido de la resolución de primera instancia la mención que se hace a la atenuante de reparación del daño.

El tribunal destaca la "distancia" que existe entre los 4.500 euros ingresados por el acusado y los 8.000 euros establecidos en la sentencia como indemnización, al tiempo que subraya que el procesado realizó el ingreso tras el requerimiento del juzgado.

Así, explica, "es un acto debido de garantía y no personal, sino conminado por la jurisdicción penal".

"se aprovechó de la familiaridad" con la niña

El alto tribunal gallego destaca que el acusado se aprovechó "de la relación de familiaridad que tenía" con la menor y de su conocimiento de que estaría sola en la vivienda en el momento de los hechos.

En cambio, la sala ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por la defensa del condenado, ya que considera que lo narrado por la víctima "es creíble en sí mismo", pues aporta "matices y detalles", al tiempo que destaca que cuenta "con la relevante corroboración de varios testimonios".

También con la pericial del Instituto de Medicina Legal de Galicia, que concluye que la niña presenta "sufrimiento emocional importante vinculado a los hechos".

La sentencia no es firme, pues cabe presentar recurso ante el Tribunal Supremo (TS).

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