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La limitación a seis personas de reuniones sociales, en vigor desde mañana

El DOE ha publicado este sábado esta medida que estará en vigor desde este domingo, por un período inicial de 14 días, para frenar la expansión de la covid-19 en la región.

Reunión

Junta de Extremadura/Agencias

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 12:25

La limitación de reuniones sociales a seis personas en Extremadura, tanto en el ámbito público como privado, entrará en vigor a las 00,00 horas de este domingo, 18 de octubre.

Así se recoge en la resolución que la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales ha publicado este sábado en el Diario Oficial de Extremadura (DOE), sobre las medidas aprobadas por el Consejo de Gobierno extraordinario para contener los contagios de coronavirus.

La intenció es incidir más intensamente en los ámbitos en los que se constatan más contagios en Extremadura, esto es, en las relaciones familiares y sociales en espacios no controlados donde existe "una mayor relajación en la observancia de las medidas de distanciamiento social y el uso de la mascarilla".

En concreto, no podrán celebrarse reuniones de más de seis personas en la vía pública y en espacios públicos o privados, salvo cuando la reunión esté integrada exclusivamente por convivientes, cuando se trate de reuniones laborales o institucionales, o de órganos de gobierno u órganos necesarios para el funcionamiento de comunidades de propietarios, asociaciones, federaciones o asimilados.

En los últimos casos se recomienda, cuando sea posible, el empleo de medios telemáticos para la celebración de estas reuniones.

Se especifica que en las celebraciones derivadas de ceremonias civiles y religiosas celebradas en espacios privados que no sean organizadas por servicios de hostelería y restauración, hay un límite máximo de cien personas al aire libre y de cincuenta en espacios cerrados. En el caso de los bautizos y comuniones, el límite máximo será de quince personas.

Asimismo, en los establecimientos de hostelería y restauración el límite máximo de personas por mesa o agrupaciones de mesas será de seis.

También se contempla que en las bibliotecas y archivos públicos o de titularidad privada abiertos al público no podrá superarse el 50 % de su aforo ordinario.

Por su parte, en las aulas de las autoescuelas, academias y centros privados de enseñanzas no regladas, el aforo no podrá ser superior al 75 % respecto de la capacidad máxima, debiéndose en todo momento garantizar una distancia de seguridad interpersonal de un metro y medio entre los asistentes.

Para el uso de vehículos en la impartición de clases en la autoescuela no será de aplicación la limitación señalada, si bien ha de extremarse el uso adecuado de mascarilla por parte de sus ocupantes.

En materia de servicios sociales, la resolución determina, además, los supuestos en los que podrán permitirse ingresos y salidas cuando se hubiera acordado el cierre de los dispositivos residenciales como consecuencia de la COVID-19.

Destaca la resolución que esta medida se implementa en un momento en el que la incidencia acumulada para el conjunto de Extremadura se sitúa en 258 casos de coronavirus por 100.000 habitantes en los últimos 14 días, un dato que sitúa a la región en "un nivel de riesgo extremo".

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Puedes acceder a la publicación original de la resolución pinchando en este enlace.

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