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Cerca de 6.000 autónomos de Guadalajara perciben desde hoy la prestación extraordinaria por la crisis

Los solicitantes deben acreditar que su negocio ha echado el cierre como consecuencia del estado de alarma o que se ha reducido un 75% su facturación del mes natural anterior

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Mercedes CastellanoCOPE Guadalajara

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 17:33

Un total de 5.873autónomos de Guadalajara cobrarán a partir de hoy la prestación extraordinaria impulsada por el Gobierno de España para hacer frente a la crisis provocada por la COVID-19. La hostelería, el comercio o la construcción serán los sectores más beneficiados.

El subdelegado del Gobierno de España en Guadalajara, Ángel Canales, ha destacado que esta prestación “forma parte del escudo social desplegado por el Gobierno de España para para proteger el empleo, las empresas y las familias”, ya que, según ha subrayado “los autónomos deben ser uno de los pilares básicos en la recuperación de la actividad económica” y por eso "se han arbitrado por primera vez medidas como esta prestación para protegerles y contribuir a que su actividad se vea afectada lo menos posible”. De hecho, ha recordado que también esta misma semana se ha ampliado el periodo de aplazamiento sin intereses de las obligaciones tributarias para autónomos y para pymes.

Por otro lado, Canales ha querido agradecer el trabajo que están desarrollando los trabajadores del Servicio Estatal Público de Empleo (SEPE) para agilizar al máximo la tramitación de los expedientes y lograr que los beneficiarios puedan percibir la ayuda cuanto antes, “aminorando así el impacto de la crisis sobre su economía familiar”.

Autónomo del comercio

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La prestación extraordinaria que empieza a abonarse a partir de hoy, aprobada en el Real Decreto-ley 8/2020 de 17 de marzo dentro de la situación del estado de alarma, implica una ayuda de una cuantía de, como mínimo, 661 euros mensuales. Corresponde al equivalente al 70% de la base reguladora y, además, conlleva la exoneración de cuotas a la Seguridad Social de forma temporal.

Para acceder a la misma, el trabajador por cuenta propia, además de estar inscrito en el régimen de la Seguridad Social correspondiente, debe acreditar haberse visto afectado por el cierre del negocio debido a la declaración del estado de alarma o haber sufrido una merma del 75% en la facturación del mes natural anterior a la fecha de la solicitud. Además, la ayuda es compatible con cualquier otra prestación de la Seguridad Social que el solicitante viniera percibiendo y fuera compatible con el desempeño de la actividad que desarrollaba.

El trámite se debe realizar a través de las mutuas colaboradoras de la Seguridad Social y no se requiere periodo mínimo de cotización.

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