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El Tribunal Supremo anula el embalse de Biscarrués

En 2017 la Audiencia Nacional anulaba el proyecto de construcción del embalse de Biscarrués, en el río Gállego y fue recurrida la sentencia por Riegos del Alto Aragón

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 20:21

El Tribunal Supremo confirma la sentencia de la Audiencia Nacional que anuló el anteporoyecto y la declaración de impacto ambiental por una infracción a la Directiva europea del Agua a intancia de Ayuntamientos afectados y organizaciones ecologístas. En ese momento la comunidad general de Riegos del Alto Aragón presentaba un recurso que acaba de rechazar el tribunal Supremo.

A través delas redes sociales han sido rápidas las reacciones a la noticia como la que fuera alcaldesa de Murillo de Gállego y actual directora general de cambio climático y educación ambiental Marta de Santos que escribía "Sentencia definitiva. Treinta y tantos años de resistencia y dignidad!!!!! Río Gallego Vivo!!!!!" o desde Nueva cultura del agua "Hoy, un conflicto que lleva más de 30 años latente llega a su fin. Un proyecto insostenible para el territorio y las gentes que defendemos los ríos. ¡Larga vida al Gállego! El Tribunal Supremo anula el embalse de #Biscarrués

En 2017 la Audiencia Nacional anulaba el proyecto de construcción del embalse de Biscarrués, en el río Gállego porque la obra afectaría "significativamente la ecología del río" y no contaba con los estudios medioambientales y de interés público pertinentes.

En dos sentencias, la Sala de lo Contencioso estimaba los recursos contra el embalse de tres municipios afectados (Biscarrués, Murillo de Gállego y Santa Eulalia de Gállego) y cinco asociaciones ecologistas, que denunciaban una obra destinada a aumentar el regadío del Alto Aragón y que habría inundado parte de los tres términos municipales y anegaría el río Gállego. Unas sentencias que eran recurridas y que ahora falla el Supremo

El tribunal consideraba que con esta obra se vulnera la directiva europea del agua aprobada en el año 2000 y concluía que no tiene "estudios sobre el impacto en las masas de agua afectadas por el embalse" ni existen las "evaluaciones necesarias" acerca de "la declaración de impacto medioambiental".

El proyecto, que afecta a espacios naturales protegidos de la Red Natura 2000 y a especies protegidas, está presupuestado en unos 100 millones de euros y fue aprobado por la Dirección General del Agua del Ministerio de Medio Ambiente el 14 de febrero de 2012 en una resolución que ahora anula la Audiencia Nacional.

"Nos encontramos ante una presa de 45 metros de altura, lo que rompe la continuidad del río, afectando a su ecología. Y el embalse de 14 kilómetros de longitud, aunque se señale que la mayoría del tiempo sea solo de 5,7 kilómetros, cambiará significativamente la ecología del río, que pasaría de ser un sistema de agua corriente a ser un depósito", exponían los jueces.

El tribunal, explicaba entonces, que antes de aprobar la construcción se tenía que haber hecho un estudio concreto y no solo "una mera declaración en abstracto" sobre el interés público de la obra, que se tendría que basar en un análisis "científico detallado y específico de ese proyecto". Además, según los jueces, no existía además un "informe de viabilidad económica, técnica, social y ambiental, así como un estudio específico de la recuperación de costes y las correspondientes revisiones previstas en la ley".

Según los jueces, ya en esa sentencia aludían a que la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) del proyecto "no contiene todos los estudios y evaluaciones necesarios antes de decidir acerca de la evaluación de deterioro del estado de las masas de agua superficiales afectadas".

Por todo ello, el tribunal declaraba "nulas" las resoluciones recurridas que pretendían sacar adelante el proyecto del embalse de Biscarrués en tanto que "infringen" la legislación española y la directiva europea.

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