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La heladera La Ibense, nacida en Sanlúcar y con sede en Jerez, presenta un ERE de extinción

La empresa está en manos de un grupo inversor, venía arrastrando impagos a los trabajadores, aumentado su crisis con la pandemia y, según UGT, "mala gestión en estos últimos años"

La heladera La Ibense, nacida en Sanlúcar y con sede en Jerez, presenta un ERE extintivo

COPE Jerez

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10:25

La Ibense (Sainberg La ibense) es una empresa histórica en la provincia de Cádiz. Su prestigio en el negocio de los helados y la reputada calidad de sus productos llega a su fin con la presentación de un ERE de extinción que se denuncia desde el sindicato UGT. Nacida en Sanlúcar de Barrameda y actualmente en el polígono agroalimentario de Jerez de la Frontera, cuenta con unos 40 trabajadores indefinidos y otros tantos fijos discontinuos actualmente.

Esta empresa está en manos de un grupo inversor, ya venía arrastrando impagos a los trabajadores, aumentado su crisis con la pandemia, "pero sobre todo por la mala gestión en estos últimos años" se denuncia. Todo ello se une a los ERTEs de la pandemia y otro nuevo ERTE en el mes de julio que finaliza el próximo 10 de diciembre, entrando a su vez en el mes de julio a Concurso de acreedores. En ese marco se ha comunicado este ERE extintivo.

"Una nueva desgracia más para nuestra provincia, de nuevo una mala gestión empresarial, se lleva al traste una empresa emblemática y casi un centenar de familias, familias que en muchas épocas se han llevado hasta meses sin cobrar por mantener su empresa y este desgraciadamente es su final" dice Antonio Montoro, secretario general de UGT FICA Cádiz. "Nos tememos que esto acabe en otra nave abandonada, máxime cuando hay empresas interesadas en la misma", añade.

Este miércoles han mantenido una asamblea en cual se ha decidido:

  • 1. Realizar una nota de prensa denunciando la situación de la empresa y presentación del ERE.
  • 2. Solicitar a la administración concursal toma de contacto con las empresas interesadas en la compra.
  • 3. "No firmaremos el ERE sino se dan estas circunstancias: liquidación del personal según su antigüedad (45/días, 33/días, 20/días), liquidación de la deuda de los trabajadores anexada en el ERTE actual o el abono nómina de los trabajadores no adscritos al ERTE actual".

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