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Antonio David Flores, Irene Montero y el derecho a la presunción de inocencia

Las palabras de la ministra de Igualdad o de Adriana Lastra sobre la docuserie de Rocío Carrasco provocan malestar en la carrera judicial al no respetar la presunción de inocencia

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 04 abr 2021

'Rocío, contar la verdad para seguir viva', la miniserie sobre la vida de Rocío Carrasco en la que desvela en primera persona el infierno que habría vivido junto a Antonio David Flores sigue acaparando titulares. Hasta la ministra de Igualdad, Irene Montero, se ha pronunciado al respecto en sus redes sociales, donde ha asegurado que “el testimonio de Rocio Carrasco es el de una víctima de violencia de género”.

Pero pese al drama de los malos tratos, que ha acabado con la vida de más de mil mujeres desde 2003, la miniserie resalta un derecho fundamental como es la presunción de inocencia. Este derecho emana de la propia Constitución y de los tratados internacionales suscritos por España. En virtud del mismo, todas las personas son inocentes hasta que se demuestre lo contrario. O dicho de otro modo, la persona que acusa es la que debe demostrar los hechos acusados. Y en base a las pruebas son los jueces los que condenan o absuelven, pero no los ciudadanos en general ni los políticos en particular.

“Todos tienen derecho al juez ordinario predeterminado por la ley, a la defensa y a la asistencia de letrado, a ser informados de la acusación formulada contra ellos, a un proceso público sin dilaciones indebidas y con todas las garantías, a utilizar los medios de prueba pertinentes para su defensa, a no declarar contra sí mismos, a no confesarse culpables y a la presunción de inocencia", reza el artículo 24.2 de la Constitución.

En el caso de Rocío Carrasco, los hechos están sobreseídos de forma provisional, es decir, la causa ha sido archivada, aunque es susceptible de volver a ser abierta si aparecieran nuevos indicios relevantes que la pudieran desbloquear. En consecuencia, Antonio David Flores aún no ha sido condenado por un delito de violencia de género.

MALESTAR EN LA CARRERA JUDICIAL

“El derecho a la presunción de inocencia (...) exige que ningún representante del Estado o de la autoridad pública declare que una persona es culpable antes de que su culpabilidad haya sido establecida por un tribunal”, declaró el Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso L. Azconobieta contra España. Una sentencia que han recordado algunos juristas estos días en redes sociales, entre ellos el conocido abogado penalista José María de Pablo.

En sentido parecido al de Montero también se ha pronunciado Adriana Lastra, la portavoz de los socialistas en el Congreso, que en su cuenta de Twitter escribió que el testimonio de Rocío Carrasco “tiene un gran valor para visibilizar la violencia de género. No pararemos hasta que la vida sea segura y libre para todas las mujeres”.

Las declaraciones de ambas dirigentes han provocado malestar en la carrera judicial. María Jesús del Barco, la portavoz de la Asociación Profesional de la Magistratura, ha criticado las palabras de la ministra de Igualdad. “El honor de las personas vilipendiado por un cargo público. En fin, susto o muerte”, escribió en su cuenta de Twitter. Por su parte, la magistrada Luisa María Gómez ha dicho que “para tapar una injusticia mediática se aprestan a causar otra de igual dimensión, echando la culpa a los jueces de un dramón personal en el que la justicia tiene instrumentos limitados. Qué pena todo”.

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