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Sesgada sentencia europea

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condena a España por vulnerar la libertad de expresión e ideológica de dos jóvenes independentistas catalanes que quemaron una foto del Rey en 2007

José Luis Restán
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Director Editorial COPE

Tiempo de lectura:1Actualizado15 mar 2023

La sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos que condena a España por vulnerar la libertad de expresión e ideológica de dos jóvenes independentistas catalanes que quemaron una foto del Rey en 2007, sorprende por su sesgo ideológico y crea no pocas dudas sobre su imparcialidad. Aunque España sea el país europeo con menos condenas por parte de este tribunal, sus fallos generan irritación y perplejidad, entre otras razones porque asumen en gran medida los argumentos de quienes actúan contra el Estado de Derecho, y porque se permite interpretar los principios constitucionales y legislativos de un Estado adherido a la Convención Europea de Derechos Humanos.

En España no se pone en duda el respeto a la libertad de expresión e ideológica en el marco de la garantía de ejercicio de los derechos fundamentales. Sin embargo el Tribunal de Estrasburgo no ha reconocido la legítima protección que nuestro ordenamiento jurídico ofrece a la persona del Rey, que encarna a la nación española y es garante de la Constitución, de los derechos y las libertades públicas. En cualquier caso, de la sentencia no se puede deducir la exigencia de despenalización del delito de injurias a la Corona, como ha pedido Esquerra Republicana, ni la existencia de una supuesta carta blanca para injuriar y calumniar a los responsables y a los símbolos del Estado. Esta sentencia, que llega en el contexto del desafío separatista a la Constitución, más que aclarar los límites del ejercicio de un derecho, confunde y da munición a quienes trabajan para socavar la convivencia democrática.

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