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El TSJC prohíbe identificar a alumnos que hagan la selectividad en castellano

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado que se entreguen las pruebas de selectividad en castellano, catalán y aranés en la convocatoria extraordinaria de septiembre sin que se identifique a los alumnos ni se anote cuál es la opción elegida.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:29

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha ordenado que se entreguen las pruebas de selectividad en castellano, catalán y aranés en la convocatoria extraordinaria de septiembre sin que se identifique a los alumnos ni se anote cuál es la opción elegida.

En un auto, al que ha tenido acceso Efe este lunes, la sección quinta de la sala contenciosa-administrativa del TSJC así lo ha remarcado al considerar que la Generalitat no cumplió correctamente en junio con las medidas cautelares dictadas a raíz de una demanda presentada por la Asamblea por una Escuela Bilingüe de Cataluña (AEB) que la obligaba a repartir los exámenes en las tres lenguas cooficiales de Cataluña "sin preferencia por ninguna de ellas".

Lo concluye después de haber analizado el informe que requirió a la Generalitat para conocer el grado de cumplimiento de la resolución que dictó ordenando que no se diferenciara a los alumnos en función del idioma que escogieran para realizar las pruebas.

Tras estudiar el informe, el alto tribunal catalán ha requerido a la presidenta del Consejo Interuniversitario de Cataluña, la consellera de Investigación y Universidades, Gemma Geis, y al secretario del organismo, Josep Ribas, para que impartan instrucciones concretas a los presidentes de los tribunales de las pruebas de la convocatoria de septiembre con el fin de que no se identifique a los alumnos "cualquiera que haya sido su opción lingüística", ni tampoco se anote la elegida.

También ordena que se ofrezca a los profesores vigilantes, vocales o presidentes los enunciados en cualquiera de las lenguas cooficiales de Cataluña, "sin preferencia por ninguna de ellas", ya que -subraya la sala- "ésta corresponde a los alumnos para el mejor desenvolvimiento de sus ejercicios".

El TSJC prohíbe de esta forma a los tribunales de la selectividad que anoten "nombre y apellidos" de los estudiantes en función del idioma que escojan o que les "exijan cualquier acto de manifestación en el aula" al respecto y los insta a entregar los enunciados "sin que el resto de alumnos tengan que conocer cómo ejerce su derecho el examinado, es decir, el ejercicio de su libertad de opción".

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