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Todas las restricciones que impone el nuevo estado de alarma del Gobierno

El nuevo decreto establece un toque de queda nacional y permite a las CC.AA. confinar total o parcialmente su región

Todas las restricciones que impone el nuevo estado de alarma del Gobierno

Manuel Bruque

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 26 oct 2020

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, ha anunciado en la rueda posterior al Consejo de Ministros extraordinario celebrado el pasado domingo la aprobación del estado de alarma para toda España que entra en vigor esta tarde. Su objetivo es que esta situación sea prolongada por las Cortes Generales durante seis meses, hasta el 9 de mayo. El nuevo decreto de estado de alarma impone un toque de queda nacional y permite a las CC.AA. confinar total o parcialmente su región.

Estas son las medidas del nuevo estado de alarma

- El nuevo fija un toque de queda obligatorio para toda España, excepto Canarias, entre las 23:00 y las 6:00 horas, aunque deja a las comunidades autónomas la potestad de retrasar o adelantar su activación una hora respecto a esa franja.

- Sólo se podrá salir a la calle durante las horas de toque de queda bajo una justificación elemental, como adquirir medicamentos, cumplir las obligaciones laborales o cuidar a personas mayores o menores edad.

- Las regiones también podrán decidir si se puede viajar de una CC.AA. a otra salvo por causas justificadas o entre los diferentes territorios de una misma CC.AA. Es decir, permitirá a las regiones confinar total o parcialmente sus territorios. Asunto de especial interés ante la cercanía de varios puentes y la Navidad.

- El decreto también blinda la posibilidad de que las CC.AA. limiten las reuniones a seis personas tanto en el ambito social como privado, algo ya adoptado en la mayoría de las regiones.

- El nuevo estado de alarma NO impone un confinamiento domiciliario fuera del toque de queda nocturno, aunque el presidente del Gobierno que la población se quede en casa lo máximo posible.

ADEMÁS...

-- Las comunidades autónomas son las autoridades delegadas de ejecutar su cumplimiento.

--Tras los primeros 15 días de vigencia, el Gobierno llevará al Congreso de los Diputados la prórroga de la vigencia del estado de alarma para los próximos seis meses, hasta el 9 de mayo.

-- Las comunidades autónomas podrán levantar a partir del 9 de noviembre, en función de cómo evolucione su situación epidemiológica, el toque de queda nocturno. En concreto, el Ejecutivo ha explicado que esta obligación de aplicar un confinamiento nocturno se incluye en el decreto aprobado este domingo, cuya vigencia es de quince días, y que no requiere ser convalidado en el Congreso.

Sin embargo, el decreto que regulará la prórroga de seis meses del estado de alarma sí incluirá la posibilidad de que los gobiernos autonómicos desactiven el llamado toque de queda, si la situación epidemiológica en su territorio lo permite. Es decir, las comunidades podrán decidir a partir de entonces sobre este asunto, al igual que tienen ya la capacidad de confinar total o parcialmente sus territorios.

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-- El órgano de cogobernanza entre el Gobierno y las CCAA es el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud.

-- El ministro de Sanidad rendirá cuentas de su evolución cada 15 días.

-- El Consejo Interterritorial puede reducir o ampliar medidas en función de la evolución de la pandemia.

-- El Ejecutivo del Gobierno es bajar de una incidencia acumulada por debajo de los 25 casos por cada 100.000 habitantes. La incidencia actual es de 368 casos.

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