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Condenados 11 jóvenes a indemnizar a los pasajeros del AVE por un retraso causado por una juerga

Renfe tuvo que indemnizar a los 216 pasajeros con más de 7000 euros por los 23 minutos de retraso

Imagen de un tren
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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 11:38

Once jóvenes que celebraban una despedida de soltero a bordo de un AVE con origen Madrid y destino Málaga han sido condenados a abonar a Renfe cerca de 700 euros cada uno. Se negaron a abandonar el tren en la estación de Córdoba y tuvieron que ser desalojados por la Policía Nacional por su "comportamiento descontrolado". Renfe tuvo que indemnizar a los 216 pasajeros con más de 7.676 euros por los 23 minutos de retraso. Esa cantidad se la deben de pagar ahora a la compañía los causantes del retraso según la sentencia de un juzgado de Madrid.

En una nota, Renfe informa de que el juzgado de primera instancia nº 43 de Madrid les ha condenado a abonar íntegramente a Renfe los más de 7.600 euros que la compañía tuvo que desembolsar por el retraso del tren, a razón de unos 700 euros por cabeza.

Los jóvenes, que celebraban una despedida de soltero en un AVE Madrid-Málaga, se negaron a abandonar el tren en la estación de Córdoba, después de comportarse de manera descontrolada en la cafetería del tren, y según reproduce la sentencia, "alteraron de manera intensa el orden dentro del tren, gritando, cantando y golpeando las paredes".

El interventor les conminó a abandonar su actitud, pero los jóvenes persistieron, razón por la cual les pidió que abandonaran el tren en Córdoba.

Sin embargo, una vez en esta ciudad "los demandados aprovecharon para escalar de manera definitiva su fiesta particular en la cafetería del tren, donde se encontraban bebiendo, bailando, cantando y gritando a todo volumen y de manera totalmente descontrolada", añade el fallo.

Tuvo que ser la Policía Nacional la que desalojara al grupo, y la sentencia destaca que lo que determinó la demora fue "la necesidad del auxilio de la Policía Nacional para lograr que los codemandados bajaran del tren".

De ahí que el juzgado considere acreditada la responsabilidad civil de los jóvenes, y exime de culpas a Renfe, que "no está obligada a contratar personal de seguridad, ni puede cerrar la cafetería en perjuicio de otros viajeros, ni puede determinar, al tiempo en que se adquiere un billete de tren, si los viajeros tienen intención de celebrar algún evento en el interior del AVE".


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