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Los parados tendrán itinerarios personalizados para formación y búsqueda de empleo

El Gobierno ha aprobado este martes la norma que desarrolla la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Empleo y que fija, entre otros aspectos, que los demandantes de empleo deberán tener un itinerario personalizado en un plazo máximo de un mes.

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 13:43

El Gobierno ha aprobado este martes la norma que desarrolla la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Empleo y que fija, entre otros aspectos, que los demandantes de empleo deberán tener un itinerario personalizado en un plazo máximo de un mes.

"Vamos a cambiar la cultura de la empleabilidad (...) los parados van a ser poseedores de derechos con un mínimo común ante cualquier Administración", ha explicado la vicepresidenta segunda y ministra de Trabajo, Yolanda Díaz, en la rueda de prensa posterior al Consejo de Ministros.

Díaz también ha subrayado que el foco estará en los parados mayores de 52 años, unos 1,9 millones de personas, y ha recordado que independientemente de la comunidad autónoma donde vivan tendrán derecho a unos servicios comunes mínimos, que luego podrá ampliar cada región.

"Habrá una tarjeta única", ha añadido Díaz.

Según ha detallado el Ministerio de Trabajo en una nota, el texto supone el primer desarrollo normativo de la ley de empleo y regula el catálogo de diez servicios garantizados y los seis compromisos que deben asumir los demandantes de empleo.

El reglamento, subrayan, "permitirá garantizar la igualdad de trato y de oportunidades y ofrecer una oferta integral y permanente de servicios comunes para el empleo atendida por un cuerpo profesionalizado de personas técnicas".

La cartera común de servicios del sistema nacional de empleo, detalla Trabajo, engloba cuatro tipos de servicios.

Para empezar, el diagnóstico de la situación de la persona usuaria y elaboración de un itinerario personalizado en el plazo máximo de un mes desde que se elabora su perfil.

También tendrá tutorización y asesoramiento continuado durante las diferentes transiciones laborales que experimente, añade.

Junto a esto, se establecen los servicios de intermediación, colocación y asesoramiento a personas y empresas como la gestión de las ofertas de empleo; la información y el asesoramiento y las medidas de apoyo a la contratación, la prospección y captación de ofertas de empleo y la identificación de las necesidades de las empresas.

Asimismo, se enumeran los servicios de formación en el trabajo para la adquisición o mejoras de competencias que mejoren la empleabilidad y los de asesoramiento para el emprendimiento viable.

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