Consigue su jubilación a los 63 años con una pensión de más de 1.800 euros tras cotizar más de 39
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón da la razón a un trabajador autónomo y le concede la pensión que el INSS le había denegado en varias ocasiones

Jubilados jugando a la petanca en La Marina, España
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El Tribunal Superior de Justicia de Aragón (TSJA) ha reconocido el derecho de un trabajador autónomo a acceder a la jubilación anticipada a los 63 años de edad. La sentencia le concede una pensión de 1.820,72 euros mensuales, el 79% de su base reguladora, después de haber cotizado más de 39 años. Este fallo desestima el recurso del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), que había rechazado la solicitud del trabajador en varias ocasiones.
La odisea judicial contra la Seguridad Social
El conflicto se inicia en marzo de 2020, cuando el trabajador, que cotizaba en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA), solicitó la prestación por cese de actividad, que le fue concedida hasta abril de 2022. Tras agotarla, se inscribió como demandante de empleo en el INAEM. Sin embargo, cuando en febrero de 2023 pidió la jubilación anticipada, el INSS la denegó al considerar que no cumplía el requisito de estar en situación de alta o asimilada al alta, un criterio clave sobre el que la Seguridad Social establece requisitos adicionales.
La defensa del trabajador argumentó que su inscripción ininterrumpida como demandante de empleo debía ser considerada como una situación asimilada al alta. El Juzgado de lo Social n.º 4 de Zaragoza le dio la razón en primera instancia, reconociéndole el derecho a la pensión con efectos desde el 29 de enero de 2023. A pesar de ello, el INSS recurrió la sentencia, insistiendo en que el cese como autónomo había sido voluntario y no podía generar el mismo derecho a una jubilación anticipada que un despido por cuenta ajena.

Pareja de jubilados caminando, Valencia, barrio de Quart de Poblet
La clave: el 'animus laborandi'
Demostrando su voluntad real de seguir trabajando"
El Tribunal Superior de Justicia de Aragón ha desestimado finalmente el recurso del INSS apoyándose en la doctrina consolidada del Tribunal Supremo. El fallo destaca que el trabajador demostró un claro "animus laborandi", es decir, una voluntad real de seguir trabajando, al haberse mantenido inscrito como desempleado durante más de dos años. El tribunal interpretó este hecho como prueba suficiente para considerarlo en situación asimilada al alta, afirmando que estuvo "demostrando su voluntad real de seguir trabajando".

Pareja de jubilados con mapas
Además, la sentencia recuerda que el hecho de haber recibido previamente la prestación por cese de actividad avala que su salida del mercado laboral no fue arbitraria. Con esta resolución, se confirma su derecho a percibir una pensión de jubilación del 79% sobre una base reguladora de 2.303,44 euros, lo que supone 1.820,72 euros al mes, una cifra considerable que en algunos casos puede generar incompatibilidades, como cuando un jubilado deja de cobrar su pensión por incompatibilidad con la de viudedad.
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