Eduardo Armas, profesor de Derecho del Trabajo, explica cómo reaccionar a un despido improcedente

Madrid - Publicado el - Actualizado
1 min lectura
Una de las cosas que más preocupa a un trabajador es que le echen de su trabajo. De hecho, el pasado mes de mayo, los datos que elaboró el Ministerio de Trabajo, aseguran que, en el primer año de la pandemia (2020) fueron despedidos un 1,3% más de trabajadores respecto a 2019. Además, el sector que más destituye en nuestro país es el de los servicios. A nivel general nos encontramos con diferentes tipos de despidos: laborales -donde se engloban los disciplinarios, objetivos y colectivos- y el procedente, improcedente o nulo.
En esta ocasión nos hemos querido centrar en uno de ellos: el despido improcedente. ¿En qué consiste? Se produce cuando el empresario decide extinguir la relación laboral con el empleado sin que haya un motivo o una causa justificada, ya sea en un contrato temporal o indefinido, siguiendo los artículos 54 y 56 del Estatuto del Trabajador. A la improcedencia del despido se llega cuando la empresa no realiza uno de los dos despidos individuales que hay: el objetivo o el disciplinario.