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Una psicóloga forense, sobre la prisión permanente revisable: “Tenemos que garantizar la seguridad ciudadana”

El Tribunal Constitucional ha avalado la legalidad de la prisión permanente revisable

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Tiempo de lectura: 2'Actualizado 15:54

El jueves 14 de julio de 2015, David Oubel compró una sierra radial. Al día siguiente, la mañana del 15 de julio, degolló a sus dos hijas, Candela, de 9 años, y Amaia, de 4. Dos años más tarde, en 2017, fue sentenciado -por primera en España- a prisión permanente revisable. Es la mayor condena privativa de libertad en España. Fue aprobada por el PP en el año 2015 cuando tenía mayoría absoluta en el Congreso.

Toda la oposición votó en contra y de hecho varios partidos, entre ellos el PSOE y el PNV, presentaron un recurso en el Tribunal Constitucional. Ahora seis años después, este tribunal acaba de avalar la validez de la prisión permanente revisable por siete votos a favor y tres en contra. Tendremos que esperar a ver el contenido del fallo del Alto Tribunal, pero la cuestión principal ha quedado resulta.

En estos seis años de vigencia, la prisión permanente revisable se ha aplicado en 24 ocasiones, en casos considerados muy graves.

La primera, la de David Oubel que ya hemos contado. La última, el 16 de septiembre de 2021, a Alejandra García, que asesinó al hijo de su pareja de 8 años en Elda (Alicante).

Entre una y otra sentencia, ha habido otras tan mediáticas como las de El Chicle, el asesino de Diana Quer; Ana Julia Quezada, que mató al pequeño Gabriel o la de Patrick Nogueira, el descuartizador de Pioz, condenado por asesinar a sus dos tíos y sus dos primos y descuartizarlos después.

¿En qué casos se aplica o se puede aplicar esta pena en España? Cuando se asesina a un menor de 16 años o a una persona considerada vulnerable por razón de edad, enfermedad o discapacidad.

También cuando se atenta contra la libertad sexual de la víctima, cuando el asesino pertenece a banda criminal o cuando el sujeto sea condenado por la muerte de dos o más personas.

La psicóloga clínica y forense Ana Isabel Gutiérrez al hilo de las tasas de incidencia de los delincuentes al salir de prisión, ha explicado que “los instrumentos que tenemos, tristemente, no pueden garantizar con un 100% de fiabilidad la ausencia de riesgo violento”. Por ese motivo, se ha mostrado a favor de “desarrollar mejores instrumentos que vayan disminuyendo el riesgo de fallo” y asegurar “un número suficiente de profesionales para que puedan realizar las valoraciones con la mayor aproximación posible”.

Ana Isabel Gutiérrez ha incidido en cómo la sociedad debe estar protegida ante la salida de un delincuente a la calle. “Es verdad que se dice mucho que la tasa de riesgo cero no existe, pero tenemos que garantizar la no revictimización de los familiares de esas víctimas en caso de estar vivas y garantizar la seguridad ciudadana”.

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