En 'La Tarde'
¿Puedo recurrir una multa por saltarme el semáforo rojo?
Te explicamos por qué el Tribunal Supremo ha declarado ilegales las multas captadas por el sistema foto-rojo

El Tribunal Supremo declara ilegales las multas del sistema foto-rojo.
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Quizás te ha llegado alguna vez una de estas multas. Una sanción que te avisa de que te has saltado un semáforo en rojo. Multa que viene acompañada por una fotografía como prueba. A partir de ahora, algunas de ellas empezarán a ser ilegales.
El Tribunal Supremo ha rechazado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Catarroja (Valencia) contra una sentencia de un Juzgado de Valencia. La sentencia en cuestión daba la razón a un conductor y anulaba una multa de 200 euros y 4 puntos del carné por saltarse un semáforo en rojo. Es decir, el Supremo considera que esta multa es ilegal.
Es la segunda vez que el Alto Tribunal falla en este sentido. En noviembre de 2015 ya sentenció contra el Ayuntamiento de San Sebastián por este mismo motivo, lo que provocó que el consistorio donostiarra dejara de emplear este sistema de captación de imágenes.
Pero, ¿por qué se toma esta decisión? En 'La Tarde', la responsable del departamento de asistencia jurídica de Autoclub Mutua, Rocío Villanueva, ha explicado que no existe un único sistema de medición en España y que cada Ayuntamiento sigue su propio método. "La anulan porque consideran que tiene que someterse a un control metrológico." Es decir, que el sistema de medición no es lo suficientemente fiable.
Eso no significa que todas las multas por saltarse semáforos sean ilegales. En el caso del Ayuntamiento de Madrid, por ejemplo, las multas son válidas: "Solo afecta a las que funcionan exclusivamente con el sistema foto rojo. El Ayuntamiento de Madrid aporta grabaciones y otro tipo de pruebas."