¿Se están vulnerando derechos fundamentales durante el Estado de Alarma? ¿La ley lo permite?
Un grupo de juristas hablan de "la más grave suspensión de derechos constitucionales en nuestra democracia". ¿Es realmente cierto? ¿Qué pasa si me multan? ¿Es constitucional?

¿Se están vulnerando derechos fundamentales durante el Estado de Alarma? ¿La ley lo permite?
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Este miércoles 22 de abril, el Tribunal Supremo admitió un recurso presentado por un particular en contra del Estado de Alarma en el que el demandante solicitaba anular la orden que impide salir libremente a la calle y en caso de no poder hacerlo de manera general, fuese en su caso particular al ser una persona sana y poder demostrarlo. Pues bien, este viernes el juez rechazó estos argumentos porque dicen son contradictorios y sobre todo están basados en opiniones personales. La principal crítica por parte de este particular era que el Gobierno está vulnerando los derechos fundamentales de Libertad, Reunión y Circulación.
Y es que, ahora sobre la mesa está esa cuestión: si en un Estado de Alarma como el que estamos se pueden tomar las medidas que se están llevando a cabo. El debate ha cogido más fuerza desde que a principios de esta semana un grupo de juristas presentase una queja ante el Defensor del Pueblo. Un escrito en el que dicen, por ejemplo, que se está produciendo “la más grave suspensión de derechos constitucionales de la historia de nuestra democracia”.
¿Es verdad que se están vulnerando derechos fundamentales? Sí ¿Pueden suspenderse algunos derechos fundamentales durante el Estado de Alarma? No. Sin embargo, según los expertos consultados por COPE, como es el caso de Leopoldo Abad, catedrático en Derecho Constitucional de la Universidad CEU San Pablo, asegura que el problema reside en las incongruencias tanto del Decreto Ley del Estado de Alarma como la Ley Orgánica que regula los Estados de Alarma, Excepción y Sitio. Y es que, en Estado de Alarma no se puede por ejemplo prohibir la libre circulación por el territorio nacional, el cuál es un derecho fundamental. Para ello, habría que estar en Estado de Excepción. Sin embargo, por ley, no se puede declarar este estado por una pandemia.
Los expertos y estos juristas también critican que el Gobierno podría haber actuado de otra manera, principalmente apuntan a que deberían haber contado antes con el Congreso de los Diputados. Otro punto de la polémica está en las multas. Si no te pueden prohibir moverte libremente durante un Estado de Alarma y te multan por ello, legalmente hablando, se podrían recurrir esas sanciones. Por ello cabe la posibilidad de que todas estas sanciones provoquen un colapso en la administración si se demuestra que han sido improcedentes.



