La OCU avisa: este es el único caso en el que puedes negarte a pagar de más en la cuenta cuando vas a un bar
Existen determinadas situaciones en las que un consumidor no está obligado a pagar un suplemento por servicios como el pan o un vaso de plástico para llevar un café

Publicado el
3 min lectura
¿Alguna vez has pagado de más por algún producto en un bar o restaurante? Es habitual que, cuando el camarero te trae la cuenta, haya añadido un precio de cubierto por persona, el servicio de pan o incluso un extra al pedir un café para llevar.
¿Es legal esta práctica? ¿Estoy obligado a pagar ese suplemento si no me han avisado previamente de que me lo iban a cobrar?
un suplemento por el vaso de plástico
te puede interesar
Recientemente, una cafetería ha recibido una denuncia por no avisar de que cobraba 10 céntimos por un vaso con hielo. En 'Herrera en COPE' nos hemos desplazado hasta un bar para preguntar cómo viven los camareros estas situaciones y hemos buscamos respuestas de los derechos que tiene el consumido de la mano de la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
Pilar Cisneros ha charlado con Katy, camarera en un bar del centro de Madrid. La joven explica que por un café cobran 1,8, mientras que si es para llevar se pagan 10 céntimos de suplemento por el vaso.
"En los últimos años, ha subido todo mucho y mi jefe decidió subirlo", aclara. En este sentido, avisar al cliente de la diferencia de precio es muy importante. Katy cuenta que no suelen avisar previamente, pero si les preguntan explica que es por el vaso.

Personas toman una cerveza en una terraza de un bar de Barcelona
la explicación de la ocu
La portavoz de la OCU, Ileana Izverniceanu, recuerda que tenemos nuestros derechos como consumidores y que, en determinadas circunstancias, podemos negarnos a pagar ciertos suplementos. El preaviso aquí es clave.
"Solo pueden cobrar por cada elemento que hayan publicitado con su correspondiente precio. Si un consumidor no ha pedido un producto y se lo incluyen en la factura, puede, por supuesto, no pagarlo", explica la OCU.
Otra de las situaciones que pueden darse es que nos cobren por un vaso con hielo o por un vaso de agua, aunque en este sentido, ya se ha estandarizado el poder consumir agua del grifo en un local de forma gratuita.
Por último, la OCU explica que, si después de hablar de forma amistosa con el local no se llega a un acuerdo, es posible pedir la hoja de reclamaciones que "llevará su trámite, será vista por la autoridad de consumo competente de la comunidad autónoma correspondiente y se sancionará al establecimiento si ha cometido algún ilícito".
otras circunstancias en LAS QUE PEDIR LA HOJA DE RECLAMACIONES
Hace unos días, en 'Fin de Semana' te contábamos qué debes hacer si vas a pagar en un restaurante o en un comercio y no te aceptan efectivo. "La norma viene a reforzar el derecho de los consumidores, especialmente los vulnerables. Pretende garantizar que aquellas personas que no tienen capacitación digital usen un mecanismo de pago que es perfectamente legal y reconocido", explica Enrique García, portavoz de la OCU.

Va a cobrar la cuenta a unos clientes de su bar y se encuentra una nota y la mesa vacía: varias veces
"Obliga a que todos los establecimientos, sean del tipo que sean, el consumidor tiene derecho a pagar con efectivo", añade.
El efectivo es la fórmula legal y cada establecimiento decide, pero garantizando el derecho de los consumidores a pagar en efectivo. Los usos y las costumbres van cambiando. Desde OCU advertimos que después de la pandemia hubo una generalización del pago mediante dispositivo electrónico, como el teléfono móvil".