• Sábado, 11 de mayo 2024
  • ABC

COPE

El Tribunal Constitucional rechaza el recurso del anterior Gobierno riojano sobre la Ley de Protección Animal

El PP recuerda que sigue recurrida ante el TC con el recurso interpuesto por 50 senadores del Partido Popular y a la espera de una sentencia definitiva

sede del Tribunal Constitucional

Tito Alcalá

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 18:37

El Tribunal Constitucional ha rechazado el recurso del anterior Gobierno de La Rioja del PP en la legislatura pasada contra varios artículos de la Ley del Parlamento riojano, de 26 de noviembre de 2018, de protección de los animales.

En una nota de prensa, el máximo órgano judicial ha sentenciado que el Consejo de Gobierno de una Comunidad Autónoma "no tiene legitimación para interponer un recurso de inconstitucionalidad contra las leyes aprobadas en su Parlamento al no reconocerlo así la Constitución, ni la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional".

El recurso de inconstitucionalidad fue presentado por el Gobierno de La Rioja y avalado también por 50 senadores del Grupo Popular de la Cámara Alta. Entre las firmas se encontraban las de los cuatro senadores con los que contaba el PP de La Rioja -Pedro Sanz, José Luis Pérez Pastor, Francisca Mendiola y Mariate Antoñanzas-.

En la presentación, el expresidente del Ejecutivo riojano, José Ignacio Ceniceros Ceniceros justificó la acción porque dicha Ley - que contó con el apoyo parlamentario de PSOE, Ciudadanos y Podemos- "tiene unos problemas muy serios de inconstitucionalidad y el Gobierno de La Rioja tiene encomendada la defensa de la legalidad".

El Tribunal concluye que "la acción de inconstitucionalidad no fue otorgada por la Constitución, en estos casos, para la impugnación de leyes propias por las mismas Asambleas autonómicas que las aprobaron, y en cuya potestad está, por tanto, derogarlas total o parcialmente". Es más, si se reconociese tal legitimación se rompería el equilibrio o paridad institucional que debe existir, porque así lo ha querido la Constitución entre uno y otro órgano superior de la Comunidad Autónoma para el ejercicio de la acción directa de inconstitucionalidad.

La sentencia cuenta con varios votos particulares. El primero formulado por la magistrada, María Luisa Balaguer Callejón. En su opinión, en la medida en que la propia jurisprudencia constitucional ha formulado una interpretación extensiva del concepto "ámbito de
autonomía" que permite a los ejecutivos y a las asambleas legislativas de las comunidades autónomas instar la intervención del Tribunal Constitucional más allá de sus propias competencias, resulta coherente optar por la interpretación más amplia posible en relación con el objeto del control de constitucionalidad de los ejecutivos autonómicos contra las normas emanadas de sus propias asambleas legislativas.

El segundo voto particular ha sido emitido por el magistrado Pedro González Trevijano al que se adhiere el magistrado Ricardo Enríquez Sancho. Considera que la cláusula general de legitimación que contempla el art. 162.1a) del texto constitucional no constituye una regla que deba ser desarrollada o precisada por la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional "sino una simple relación completa y cerrada de sujetos legitimados en todo caso". Ello "es coherente con la naturaleza del recurso de inconstitucionalidad, dado que estamos ante un proceso de carácter objetivo, en el que la legitimación para intervenir no deriva de la singular posición del sujeto en relación con el objeto del proceso, sino de la facultad que la propia Constitución confiere a determinados sujetos para instar el control de constitucionalidad de las leyes".

En este sentido, "reconocida constitucionalmente la legitimación de los gobiernos autonómicos para interponer el recurso de inconstitucionalidad sin ninguna matización, su exclusión para formularlo en relación con las leyes de sus propios Parlamentos, no se acomoda a la propia función del recurso de inconstitucionalidad, donde el que actúa ante el Tribunal Constitucional no pretende nada para sí,
sino el restablecimiento de la legalidad, y el interés general que se traduce en la defensa de la Constitución, función de la que participan los órganos autonómicos sin restricciones".

Por último, el magistrado Juan Antonio Xiol Ríos también se adhiere a los votos formulados por la magistrada, María Luisa Balaguer Callejón y el magistrado, Pedro González Trevijano.

Ante la decisión del Tribunal Constitucional conocida hoy, día 14, sobre la Ley de Protección de los Animales de La Rioja aprobada en 2018, el Partido Popular de La Rioja recuerda que esta Ley continúa estando recurrida ante este órgano, a través del recurso interpuesto contra la norma por 50 senadores del Partido Popular en febrero de 2019, y a la espera de una sentencia definitiva.

El Pleno del Parlamento de La Rioja aprobó la Ley de Protección de Animales en noviembre de 2018 como resultado de una proposición de Ley de Iniciativa Legislativa Popular (ILP). La iniciativa contó con el voto a favor de PSOE, Podemos y Ciudadanos y el voto en contra del Grupo Popular.

En este sentido, el Partido Popular de La Rioja recuerda que esta norma fue cuestionada a través de un informe emitido por el Ministerio de Política Territorial y Función Pública. Un escrito que alertaba sobre las dudas en materia de constitucionalidad o vulneración de las normativas estatal y comunitaria que generaban numerosos artículos de la misma, entre ellos el 2, 5, 6, 7, 11, 12, 17, 37, 38, 39, 45 o 54.

  • Left6:No existe configuración de publicidad para el slot solicitado

Como el Gobierno de Pedro Sánchez no la recurrió, pese al informe que alertaba de su inconstitucionalidad, la Ley es de aplicación hasta que se produzca una sentencia al respecto. Si la hubiera recurrido, se hubiera suspendido la aplicación de la Ley hasta que se dictara sentencia. Por tanto, el Gobierno Socialista ha permitido, de forma irresponsable, que se aplique una Ley que genera serias dudas sobre su constitucionalidad.

Radio en directo COPE
  • item no encontrado

En directo

Directo Poniendo las Calles

Poniendo las Calles

Con "El Pulpo"

Escuchar