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La ATIB retoma este año el servicio Renta Ágil para ayudar a hacer la declaración del IRPF

Si necesitas ayuda con este trámite, ya puedes pedir cita a través del 971767676 y en el sitio web www.atib.es

ATIB

14-08-2018 Seu de l'ATIBEUROPA PRESS

Baleares

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 16:38

A partir de hoy ya puedes solicitar cita previa para recibir asistencia presencial en el servicio Renta Ágil de la Agencia Tributaria para que te ayuden a hacer la declaración del 2020. Se pueden concertar entrevistas presenciales en 35 municipios, de manera complementaria al servicio que ofrece la Agencia Estatal de Administración Tributaria en sus oficinas en otros cinco municipios.

Si necesitas ayuda con este trámite, ya puedes pedir cita a través del 971767676 y en el sitio web www.atib.es. Se pone hoy en macha y termina el 29 de junio. Este servicio vuelve este año a los municipios después de que el año pasado se tuviera que suspender debido a las circunstancias derivadas de la COVID-19 y la declaración del estado de alarma.

En 2019, el servicio ayudó a hacer la declaración a más de 10.000 personas, cerca de un 8% más que el año anterior. Es la consellera de Hacienda y Relaciones Exteriores, Rosario Sánchez.

El servicio de Renta Ágil incluye: la cita previa telefónica y por Internet, el recordatorio de cita vía SMS, la cumplimentación de las declaraciones, la confirmación y modificación de predeclaraciones y la presentación declaraciones vía Internet a la Agencia Tributaria. Este servicio está destinado a los contribuyentes que habitualmente no tienen relación con la Hacienda del Estado, salvo la declaración de la renta.

La consellera Rosario Sánchez ha recordado las deducciones aplicables en el tramo autonómico para los contribuyentes de Baleares. El Govern mantiene este año los 18 beneficios fiscales vigentes el año pasado.


18 BENEFICIOS FISCALES AUTONÓMICOS EN EL IRPF

Durante la presentación de la nueva campaña, la consellera Rosario Sánchez ha recordado las deducciones aplicables en el tramo autonómico para los contribuyentes de Baleares. El Govern mantiene este año los 18 beneficios fiscales vigentes el año pasado.

Entre otros, destaca la deducción de hasta 600 euros por motivos de conciliación familiar, del 40% de los gastos de guardería, centro de educación infantil, comedor y actividades extraescolares, de hijos o acogidos menores de 6 años, un beneficio fiscal que fue introducido por el Govern hace dos años. También se pueden aplicar la deducción de 400 euros por alquiler de vivienda habitual para menores de 36 años, familias numerosas y personas con discapacitados y la de 150 euros para personas con discapacidad física, psíquica o sensorial.

Asimismo, se mantienen la que permite descontar parte del gasto de un alumno que tenga que cursar estudios fuera de su isla de residencia -una deducción de hasta 1.500 euros- y las de hasta 100 euros por hijo en gastos en la adquisición de libros de texto y también de hasta 100 euros por hijo en el aprendizaje de un idioma extranjero.

En materia de vivienda, también se pueden aplicar las deducciones de hasta 400 euros para gastos de seguros por impagos de alquiler o para deducir parte del coste de vivienda de alquiler en el caso de traslado temporal de residencia por motivos laborales.

También se mantienen beneficios fiscales como el que permite deducir gastos destinados a la mejora de la sostenibilidad de la vivienda habitual, de hasta el 50% de las inversiones hasta una base máxima de 10.000 euros; o las deducciones existentes en el ámbito empresarial y de I+D+i. En este caso, se trata de deducciones de hasta 6.000 euros por inversiones en empresas de nueva creación y de hasta 12.000 euros por inversiones en sociedades con participación de centros de búsqueda o universidades, y de hasta 1.200 euros con una deducción del 25% por donaciones a entidades destinadas a I+D+I o relativas al mecenazgo cultural, científico y de desarrollo tecnológico, así como las existentes relativas al mecenazgo deportivo.

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Asimismo, en el ámbito de los servicios sociales, también se puede aplicar una deducción por donaciones a entidades del Tercer Sector del 25% sobre una base máxima de 150 euros, una deducción compatible con la deducción estatal aplicable a todas las entidades sin ánimo de lucro.

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