Seis meses menos de cárcel para un hombre que agredió sexualmente a su expareja en Ourense
El TSXG le rebaja la condena en aplicación de la ley del "solo sí es sí"

Sentencia
Amelia González
Publicado el - Actualizado
1 min lectura
Un hombre que agredió sexualmente a su expareja ha visto reducida en seis meses la condena que en junio de 2022 le impuso la Audiencia Provincial de Ourense. La Sala de lo civil y Penal del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), en aplicación de la ley del “solo sí es sí”, le rebaja medio año la condena total de trece años y seis meses de cárcel impuesta en su día.
El TSXG indica que la condena de nueve años impuesta por la Audiencia Provincial de Ourense por un delito de agresión sexual consumada, con la aplicación de la agravante de género, con la nueva regulación penal sería más gravosa, es decir, de once años de cárcel, por lo que no se modifica.
Pero en el otro delito enjuiciado, el de agresión sexual en grado de tentativa, entiende que, debido a la entrada en vigor de la Ley 10/2022, la pena debe ser rebajada en medio año: el fallo explica que, en su momento, la sala de instancia optó por imponer la pena en su grado mínimo -de cuatro años y seis meses-, lo que, con la nueva ley, se rebaja a cuatro años.
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