Un joven de origen marroquí condenado por un delito menor podrá permanecer en Ferrol
El TSXG suspende la orden de expulsión de la Subdelegación del Gobierno de A Coruña al considerar que el arraigo laboral y social del joven prevalecen sobre sus antecedentes penales

Fachada del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia, en A Coruña
Ferrol - Publicado el
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La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Xustiza de Galicia ha revocado la decisión de un juzgado de primera instancia y ha ordenado la suspensión cautelar de la orden de expulsión de un joven de origen marroquí.
La Subdelegación del Gobierno en A Coruña había acordado extinguir su autorización de residencia temporal por arraigo para la formación debido a una condena penal que pesaba sobre él, lo que conllevaba la obligación de abandonar el territorio español.
El joven tiene un contrato indefinido y colabora con servicios sociales. El tribunal ha concluido que, aunque el joven fue condenado a cuatro meses de prisión por un delito de atentado, existen circunstancias que justifican su permanencia en el país. El fallo destaca que la condena es de "poca entidad y por un delito menor".
El auto judicial pone de manifiesto que el joven tiene un contrato de trabajo indefinido con una empresa de Ferrol. Además, el informe de Cáritas Diocesana de A Coruña y de los servicios sociales de Ferrol acreditan su "gran esfuerzo para la integración en la sociedad española", colaborando incluso como intérprete para otros compatriotas.
La sentencia subraya que el arraigo laboral y social del joven, sumado a que la condena es posterior a la concesión de su permiso de residencia, hacen que su interés particular sea prevalente frente al interés público de la expulsión.
La resolución, que anula el auto inicial del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de A Coruña, permite al joven permanecer en España mientras se resuelve el recurso principal sobre la legalidad de la extinción de su permiso de residencia.