JUSTICIA
Condenan a Gamesa Eólica a indemnizar con 54.000 euros a tres extrabajadores de As Somozas
El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia aumentó en 25.000 euros la cantidad que estipuló uno de los juzgados de lo social de Ferrol en su primer fallo

Tras casi dos años cerrada, todas las noches el cartel luminoso de Siemens Gamesa en As Somozas se enciende
Ferrol - Publicado el - Actualizado
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El Tribunal Superior de Xustiza de Galicia (TSXG), confirmo la sentencia de primera instancia de uno de los juzgados de lo social de Ferrol y aumentó la indemnización total en más de 25.000 euros para tres extrabajadores de la plana que la firma Gamesa Eólica tenía en As Somozas.
Así, mediante una sentencia de fecha 20 de abril del 2022, se recoge que los demandantes tienen más secuelas que las que se declaraban en primera instancia y dictaminando, en definitiva, una serie de falta de medidas de seguridad de la empresa de fabricación de palas para aerogenerador que causaron alergias en los demandantes.
Los trabajadores, que fueron defendidos por el despacho Meizoso Abogados, con sede en As Pontes, lograron que la sentencia emitida por el juzgado de Ferrol se reconociera que la fábrica disponía de dos seminaves conectadas entre sí (nave de prefabricados y nave de acabados), en las que se iban elaborando las palas de los aerogeneradores y empleando, entre otros productos, resinas epoxi, que son un elemento que les ha producido la dermatitis alérgica calificada de enfermedad profesional a los empleados.
HACE MÁS DE CINCO AÑOS
En este sentido, en la época de las bajas de los operarios, entre los años 2015 y 2016, la aspiración se hacía con una máquina localizada exclusivamente en el espacio común, con una campana extractora mínima que no era capaz de succionar el polvo desprendido en las operaciones realizadas. Es decir, que no se estaban poniendo todos los medios para evitar que llegasen a la suspensión o se mantuviesen en el aire las distintas fibras/sustancias empleadas en la conformación de las palas, provocando que en el ambiente flotaba y había suspendido polvo que se extendían por toda la nave, incluso hasta los vestuarios, que son una zona alejada y separada de las dos seminaves, no siendo hasta 2017, tras producidas 12 dermatitis alérgicas (enfermedades profesionales) y tras una petición de la Inspección de Trabajo, cuando se instaló el sistema de extracción colectivo generalizado.
RESPONSABILIDAD
Por dichas razones, se advierte la culpa del empresario o, cuando menos, su contribución a incrementar el riesgo, al no adoptar todas las medidas que habrían podido evitar el contacto con las distintas sustancias presentes en la fabricación de las palas, y ello conduce a atribuirle responsabilidad civil derivada de aquellas enfermedades profesionales, indemnizando a los tres trabajadores en 54.000 euros por los daños y perjuicios sufridos derivados de las alergias contraídas.