Un jubilado de Cáceres consigue cobrar un complemento en su pensión a la vez que su esposa: por tener hijos
La Seguridad Social se lo denegó en un principio por incompatibilidad, pero la justicia le terminó dando la razón y consiguiendo cobrar más con esta ayuda al cumplir los requisitos legales

Anciano con gorra roja caminando por la calle, Cáceres
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La Seguridad Social había denegado inicialmente un complemento de maternidad a un jubilado de Cáceres, pese a que su esposa ya cobraba esta ayuda por los mismos hijos. Sin embargo, una reciente sentencia del Tribunal Supremo ha reconocido que ambos progenitores pueden percibir este complemento en sus pensiones si cumplen con los requisitos legales, sentando un precedente fundamental para muchos pensionistas en España.
El derecho a percibir el complemento
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El caso comenzó cuando este jubilado, padre de tres hijos y pensionista desde 2017, solicitó el complemento de maternidad ante la Seguridad Social. Su petición fue rechazada bajo el argumento de que el complemento solo podía concederse a uno de los progenitores, ya que su esposa ya estaba percibiéndolo. Ante esta denegación, presentó varias reclamaciones que fueron desestimadas, por lo que decidió acudir a la vía judicial para defender su derecho.
Aunque inicialmente tanto el Juzgado de lo Social de Cáceres como el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura rechazaron su reclamación, el hombre recurrió al Tribunal Supremo. El alto tribunal analizó el asunto a la luz de la ley y la jurisprudencia europea y concluyó que la normativa vigente entre 2016 y 2021 no impide que ambos progenitores cobren este complemento si cumplen los requisitos legales. De hecho, el Supremo señaló que limitar el complemento a un solo progenitor podría ir en contra del principio de igualdad y carecería de base normativa.

Anciana caminando por la calle. Hervás, provincia de Cáceres.
Esta resolución supone un cambio importante, pues abre la puerta a que muchos pensionistas puedan incrementar su pensión a través del complemento de maternidad, también conocido como complemento por aportación demográfica. La Seguridad Social ahora está obligada a conceder esta ayuda al segundo progenitor cuando se cumplan los criterios establecidos en la ley.
Un avance para la protección social de las familias
El complemento de maternidad está diseñado para reconocer la contribución demográfica que supone tener hijos, compensando parcialmente las diferencias en las pensiones derivadas de la crianza. Su reconocimiento a ambos progenitores puede mejorar la calidad de vida de muchas familias, especialmente cuando ambos miembros están en edad de jubilarse.
Este fallo también despeja dudas legales que existían sobre la interpretación del artículo 60 de la Ley General de la Seguridad Social y su aplicación práctica. El Tribunal Supremo ha establecido doctrina clara que podrá servir de referencia en futuros casos similares.

Anciana paseando por la Plaza Mayor. Garrovillas, Cáceres.
Para los pensionistas interesados, es fundamental conocer sus derechos y cómo reclamar estos complementos. En este sentido, conviene estar atento a las novedades normativas y administrativas que afectan a las pensiones en España.
Con este precedente, se espera que la Seguridad Social mejore la atención a estas situaciones y que más pensionistas puedan beneficiarse de este complemento, que hasta ahora algunos consideraban inaccesible para ambos miembros de la pareja. El avance jurídico no solo implica un aumento en la prestación económica, sino también un reconocimiento justo al esfuerzo de ambos progenitores en la crianza.
Este caso refleja cómo la justicia puede equilibrar interpretaciones legales que afectan directamente a los derechos sociales, marcando un antes y un después en la aplicación del complemento de maternidad en las pensiones españolas. La lucha de un jubilado de Cáceres se convierte así en un ejemplo para muchas familias que buscan proteger mejor su futuro económico.