Entrevista
Ya es obligatorio el registro retributivo para todas las empresas. ¿En qué consiste?
Tras el período transitorio tras la aprobación de la medida, la inspección ya puede solicitar a las empresas este documento. No presentarlo conlleva sanciones de hasta 6.000 euros

registro retributivo
Madrid - Publicado el - Actualizado
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Las empresas tendrán que disponer de un nuevo documento. Es el registro retributivo, una nueva normativa aprobada por el Ministerio de Trabajo con el objetivo de garantizar la igualdad real entre hombres y mujeres evitando las discriminaciones de salarios por cuestión de sexo.
Consiste en un informe en el se indicarán los salarios de los trabajadores y las trabajadoras de la empresa. Un documento en el que aparecerá el sexo del empleado, sin su nombre, y las retribuciones, incluyendo el sueldo base, las extras y los complementos.
En COPE hemos hablado con un experto. Eduardo Guardado, abogado laboralista en 'Guardado Asesores' ha indicado que la normativa, que se publicó en el BOE la pasada semana, está en la recta final del período transitorio por lo que "en cualquier momento" la Inspección puede requerir esta documentación a las empresas.
En nuestro programa 'Mediodía Extremadura' con Javi Moreno ha explicado además que esta norma "es para todas las empresas, hasta las que tienen un solo trabajador". La orden del Ministerio de Trabajo refleja que aquellas empresas que tienen más de 100 trabajadores se les exige, además de este informe, una auditoría salarial.
En caso de no disponer de este documento, la empresa puede enfrentarse a sanciones que oscilan entre los 600 y los 6.000 euros. "Podrían alcanzar los 187.000 euros en aquellos casos en los que se dictamine que hay una discriminación salarial por sexo grave", ha explicado Guardado.
Se consideraría "preocupante" una diferencia del 25 por ciento de mayor salario de un hombre respecto al de una mujer, en la misma empresa y con las mismas condiciones laborales.

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