La elección de presidentes autonómicos del 28M puede irse legalmente más allá del 23J

En Extremadura, la constitución de la Asamblea debe celebrarse antes del 27 de junio y la fecha límite para la investidura es el 27 de julio

Guardiola

Redacción digital

Madrid - Publicado el - Actualizado

1 min lectura

Los procedimientos y plazos establecidos en los estatutos y las normativas parlamentarias autonómicas hacen posible legalmente que la investidura de varios presidentes de las 12 comunidades que celebraron elecciones el 28 de mayo llegue a retrasarse más allá de las próximas generales.

Aunque es difícil prever los giros políticos que se producirán en las próximas semanas en circunstancias tan distintas como las que han deparado las urnas el 28M, los distintos partidos implicados, entre ellos PP, PSOE y Vox en todas estas comunidades, pueden tratar de evitar verse retratados por sus decisiones en el ámbito autonómico antes del 23J.

Las legislaciones autonómicas prevén un plazo de hasta dos meses, tres en Navarra, para elegir presidente, bien por mayoría absoluta en primera votación, bien por mayoría simple en segunda y sucesivas votaciones, transcurrido el cual se repetirían las elecciones.

En Extremadura, la constitución de la Asamblea debe celebrarse antes del 27 de junio y la fecha límite para la investidura es el 27 de julio, pero el presidente saliente, el socialista Guillermo Fernández Vara, no quiere que el proceso se solape con las generales, de modo que la elección se adelantaría al 23J.

El PSOE fue el partido más votado y Fernández Vara ya ha afirmado que intentará gobernar, aunque sumados sus votos a los de Unidas por Extremadura no llegan a la mayoría absoluta, que si alcanza el PP de María Guardiola junto a Vox

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