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Ocho condenados se han beneficiado ya en sus penas por la ley del "solo sí es sí" en Extremadura

El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado asciende en toda España a 195, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en a la norma

Ocho condenados se han beneficiado ya en sus penas por la ley del solo sí es sí en Extremadura

Europa PressEXTREMADURA

Tiempo de lectura: 4'Actualizado 07:34

El número de condenados por delitos sexuales que se ha visto beneficiado por el nuevo marco de penas que recoge la ley del "solo sí es sí" asciende al menos a 195, entre revisiones de condena a la baja y sentencias posteriores en aplicación de la norma. Desde el 7 de octubre, cuando entró en vigor la reforma del Código Penal, se ha ordenado la excarcelación de 18 personas. Las últimas 14 rebajas de pena han trascendido este lunes y martes y se han producido en Andalucía, Castilla y León, Extremadura, Galicia y País Vasco.

De los 14 casos registrados en lo que va de semana, siete corresponden al País Vasco, donde se han aplicado rebajas en virtud de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual. Estas modificaciones de penas de prisión han sido firmadas por la Audiencia Provincial de Vizcaya que, entre otros casos, ha rebajado de 13 años y 6 meses a 11 años y 1 día la pena de cárcel de un hombre por agresión sexual continuada a una persona especialmente vulnerable.

A la lista se suman tres rebajas contabilizadas en Andalucía; dos de ellas comunicadas este lunes y una de este martes. En uno de los casos el TSJ andaluz ha rebajado de 10 a 9 años y 1 día la pena de prisión impuesta a un hombre condenado por abusar sexualmente de su sobrina-nieta menor de edad en un pueblo de Cádiz. En otro de los casos, que tuvo lugar en Córdoba, se modifica la pena en la misma cuantía a un hombre que abusó sexualmente de la hija menor de edad de su pareja.

El tercer caso andaluz corresponde a una resolución del TSJ por la que se ha anulado la condena de 3 años y 6 meses de prisión a un guardia civil jubilado que había sido condenado en Melilla por un delito de abusos sexuales a una menor de 17 años. Los magistrados han explicado que la conducta por la que condenó al hombre como autor de un delito de abuso sexual "ha quedado destipificada" y que la modalidad de engaño que se acreditó tampoco figura en el nuevo Código Penal.

Al margen, constan otras dos rebajas en Castilla y León, las dos en Zamora. En un caso, la Audiencia Provincial rebaja la pena de prisión a un hombre que agredió sexualmente a un discapacitado en los alrededores de un local de hostelería de la capital; en el otro, modifica la pena de cárcel de 12 a 10 años para un hombre condenado por un delito continuado de agresión sexual a una menor de 16 años.

Asimismo, se ha registrado una rebaja en Extremadura, donde la Audiencia Provincial de Cáceres ha rebajado de 12 a 9 años la pena de prisión impuesta a un hombre por uno de los dos delitos de agresión sexual por los que fue condenado.

Además, consta el caso de la Audiencia Provincial de A Coruña, en Galicia, en la que se rebaja la pena de cárcel de un hombre que agredió sexualmente a su hija de forma continuada entre 2016 y 2017, cuando la menor tenía entre 13 y 14 años.

Con las 14 nuevas rebajas contabilizadas en lo que va de semana, el número de condenados por delitos sexuales que se han visto beneficiados por la ley del "solo sí es sí" ha pasado de 181 a 195 desde el pasado viernes.

CASOS POR COMUNIDADES AUTÓNOMAS

Con los 14 nuevos casos, se confirman revisiones de sentencia y rebajas de pena en 17 comunidades autónomas.

Según los datos recabados hasta ahora por Europa Press, constan 35 rebajas en País Vasco, 21 en Galicia, 20 en Madrid, 20 en Andalucía, 18 en Baleares, 16 en Castilla y León, 15 en la Comunidad Valenciana, nueve en Canarias, nueve en Asturias, ocho en Extremadura, siete en Cantabria, seis en el Tribunal Supremo, cuatro en Cataluña, dos en Murcia, dos en La Rioja, una en Castilla-La Mancha, una en Navarra y una en Aragón.

De estos 195 casos, 18 han conllevado la excarcelación de condenados: de Madrid, dos de Baleares, dos de Galicia, dos en la Comunidad Valenciana, dos de Cantabria, uno en Extremadura, uno en Castilla y León, uno en Asturias y uno en País Vasco --por orden del Tribunal Supremo--.

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Entre las rebajas más sustanciales registradas, constan dos en Cantabria en las que se redujo la pena de prisión en 7 años. Así, los condenados pasaron de penas de 18 años a 11 años por una agresión sexual a una joven en un hostal de Santander.

"MÁS FAVORABLE AL REO"

En los 195 casos registrados hasta ahora, los magistrados explican que estas revisiones y rebajas de condenas se hacen porque el propio Código Penal, en su artículo 2.2, establece que siempre deberá aplicarse la ley "más favorable" al reo.

La ley del 'solo sí es sí' ha provocado que el delito de agresión sexual absorba al de abuso sexual, lo que significa que un delito que hasta ahora recogía una conducta más grave incorpore una de menor gravedad, por lo que la horquilla penal también se ha ampliado para abarcar todo el abanico de comportamientos penados ahora como agresión sexual.

Así las cosas, las fuentes jurídicas consultadas por Europa Press explican que el número de casos en los que se aplican las rebajas seguirá creciendo ante las revisiones pendientes en todas las comunidades autónomas.

EL CRITERIO DEL SUPREMO

El Tribunal Supremo aseguró en su sentencia sobre el "caso Arandina" que la aplicación de la Ley Orgánica de Garantía Integral de Libertad Sexual es "obligatoria" por ser "más favorable" al reo.

El Alto Tribunal tuvo que hacer uso de la modificación penal al revisar la sentencia del 'caso Arandina' y condenó a 9 años de cárcel --y no a 10, como pedía la Fiscalía-- a dos exjugadores de ese club de fútbol al aplicar la ley del 'solo sí es sí'.

Los magistrados elevaron las penas --desde los 4 y 3 años que había fijado el TSJ de Castilla y León-- tras eliminar la atenuante que se había apreciado por la cercanía de edad y madurez entre condenados y víctima.

El Supremo ha rebajado ya seis penas de prisión relativas a delitos de agresión sexual desde que entró en vigor la reforma del Código Penal. Una de ellas ha conllevado una excarcelación en el País Vasco.

Las fuentes consultadas explican que, aunque el "caso Arandina" fue una primera manifestación, no sirve para fijar doctrina porque es un asunto que ya estaba pendiente de un recurso de casación y tenía elementos jurídicos a ponderar más allá de la nueva ley.

Las mismas fuentes indican que para que el Supremo aclare las reglas de aplicación del "solo sí es sí" a las sentencias firmes tendrá que fallar en el mismo sentido en casos similares. Y hasta conseguirlo podrían pasar meses, apuntan.


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