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MOVILIDAD

Movilidad modifica su ordenanza para establecer una demora de una hora la petición de las VTC

Endurece las condiciones de contratación de los VTC y pasan de los 15 minutos a los que obliga el decreto de la Generalitat a una hora. 

Vehículo VTC en València

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Isabel Moreno

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 16:57

El Ayuntamiento de València ha publicado en la página web municipal (www.valencia.es) y en el tablón de edictos electrónico de este Ayuntamiento el edicto con el que se inicia el proceso de modificación de la Ordenanza de Movilidad para dar entrada a la nueva regulación aprobada en el Decreto Ley 4/2019, de 29 de marzo, del Consell, de prestación del servicio de transporte público discrecional de personas viajeras mediante arrendamiento de vehículos con conductor.

De esta manera se cumple con la moción aprobada por unanimidad en la Junta de Gobierno Local de 19 de abril de 2019 en la que el consistorio se comprometía a recoger en el texto normativo que los servicios a prestar mediante arrendamiento de vehículos con conductor deberán contratarse, al menos, con una 1 hora de antelación. De esta manera la ordenanza municipal incluirá las condiciones de explotación contenidos en el artículo 182.1 del reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestre, y más concretamente a lo contenido en los apartados Primera a), b) y c) de dicha Disposición Adicional del citado Decreto Ley 4/2019, que la Generalitat aprobó estando ya muy adelantada la tramitación de la Ordenanza de Movilidad.

El Concejal Delegado de Movilidad Sostenible, Giuseppe Grezzi, ha recordado que “la finalidad de esta medida es asegurar la viabilidad de servicio público del taxi, clave para la movilidad urbana, que en nuestra ciudad ofrece un servicio inmejorable a la hora de realizar desplazamientos motorizados de puerta a puerta con todas las garantías de calidad y comodidad”.

Así pues, durante el plazo de un mes está abierta la consulta pública prevista en el artículo 133.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, al objeto de recabar “la opinión de los sujetos y de las organizaciones más representativas potencialmente afectadas por la futura norma” acerca de esta modificación.

Las sugerencias u observaciones que al respecto desee formular deberá presentarlas en el plazo de un mes arriba indicado, dirigidas al Servicio de Movilidad Sostenible, indicando de forma expresa que se refieren a la “consulta pública previa sobre la modificación de la Ordenanza de Movilidad”, y podrá presentarlas por Registro de Entrada o por correo electrónico dirigido a la cuenta consultavtc@valencia.es, debiendo identificarse en este último caso con su nombre y apellidos o razón social y su número de DNI, NIF o documento identificativo suficiente que permita verificar su identidad.

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