Un padre pide a su empresa en Barcelona cambiar su jornada laboral para conciliar y se lo deniegan por su justificación

El empleado trabajaba en cinco turnos rotativos de tres semanas consecutivas cada uno, de mañana, tardes y noches

Hombre empujando un cochecito con sus hijos en Barcelona

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Hombre empujando un cochecito con sus hijos en Barcelona

José Manuel Nieto

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3 min lectura

El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ha confirmado la negativa de la empresa Mango a conceder una adaptación de jornada laboral por conciliación a un trabajador que acababa de ser padre. El empleado solicitó pasar a un turno fijo de mañana, pero la justicia entiende que no acreditó una necesidad específica más allá de su reciente paternidad, lo cual no considera suficiente.

Necesidad real de conciliación  

El trabajador llevaba más de 15 años con un contrato indefinido en la compañía, desempeñando su labor en la sección de procesos logísticos bajo un sistema de cinco turnos rotativos de tres semanas consecutivas: de mañana, tarde y noche. En julio de 2023, tras el nacimiento de su hijo, pidió trabajar de manera estable de 07:00 a 15:00 horas, acogiéndose al artículo 34.8 del Estatuto de los Trabajadores, que ampara la adaptación de jornada por razones de conciliación.

La empresa denegó su petición, alegando causas organizativas, al considerar que su puesto no podía ser cubierto por personal de otras secciones ni reorganizado sin afectar al funcionamiento general. El trabajador llevó el caso a los tribunales, argumentando una vulneración de sus derechos fundamentales y reclamando una indemnización de 6.250 euros por daños.

El tribunal apoya la denegación

En primera instancia, el Juzgado de lo Social nº 3 de Granollers rechazó la demanda. Posteriormente, el TSJC ratificó esta decisión en una sentencia dictada en septiembre de 2024. Aunque el tribunal criticó la “parquedad y vaguedad” de la respuesta empresarial, también subrayó que el trabajador no había demostrado “una necesidad concreta de conciliación” más allá de haber sido padre, lo cual “no supone per se necesidad alguna de conciliación”.

Los padres helicópteros son los muy sobreprotectores

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Los padres helicópteros son los muy sobreprotectores

Uno de los argumentos del trabajador era que su pareja, madre del menor, trabajaba como maestra en horario de mañana, por lo que su solicitud buscaba evitar solapamiento y asegurar cuidados. No obstante, el tribunal consideró que aceptar ese planteamiento eliminaría la corresponsabilidad, pues dejaría sin cobertura las mañanas. Según la sentencia, la verdadera motivación parecía responder más a una conveniencia personal para compartir las tardes y noches con la pareja que a una necesidad real de cuidado del menor.

Además, el TSJC señaló que la empresa había aceptado adaptaciones similares a otros tres empleados de la misma subsección, lo que demuestra —según el tribunal— que no se trata de una práctica generalizada de rechazo, sino que cada caso se valora de forma individual.

Una interpretación restrictiva  

El catedrático de Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social, Daniel Toscani, ha calificado esta interpretación como “restrictiva, señalando que el derecho a la conciliación no debería depender de demostrar una carga adicional más allá de la paternidad. A su juicio, esta sentencia choca con otros pronunciamientos judiciales que sí han reconocido la necesidad de conciliación por el simple hecho de tener un hijo, sin analizar la jornada de la pareja o la estructura familiar.

Una niña pasea de la mano de sus padres

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Una niña pasea de la mano de sus padres

Toscani también cuestiona el argumento organizativo, considerando que si se han otorgado adaptaciones a otros trabajadores de la misma sección, la denegación en este caso no parece tener una justificación objetiva y proporcionada. A largo plazo, sostiene, esta línea jurisprudencial podría generar desigualdades dentro de la misma plantilla y dificultar el ejercicio del derecho a la conciliación para los nuevos progenitores, especialmente los padres.

La resolución pone de manifiesto los desafíos que aún persisten en España para garantizar una conciliación efectiva entre la vida laboral y familiar, sobre todo en contextos donde los turnos rotativos y las restricciones organizativas limitan la flexibilidad del empleo.

Herrera en COPE

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