Nueva normativa sobre ascensores: ¿debo hacer obras en mi edificio?

Nuevas medidas obligatorias que los Administradores de Fincas deberán tener en cuenta sobre la futura normativa ITC

Magaiz en los estudios de COPE
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HERRERA EN COPE

Hablamos con la empresa aragonesa Magaiz sobre la nueva normativa europea de ascensores

Anna Abad

Zaragoza - Publicado el - Actualizado

4 min lectura

España es el país del mundo con más ascensores en proporción a su población, alrededor de 24 por cada 1.000 habitantes. Sin embargo, según las estadísticas de FEEDA, el 50% de los mismos tienen una edad media de más de 20 años, lo que hace necesaria una revisión periódica de los equipos para verificar la seguridad de los usuarios, la accesibilidad universal y la protección del medio ambiente.

La nueva normativa ITC sobre ascensores prevé actualizar las medidas obligatorias de inspección, de mantenimiento y de seguridad que deben aplicarse en los ascensores existentes, es decir, a los equipos instalados antes de la entrada en vigor de la nueva normativa.

La más reciente Instrucción Técnica Complementaria (ITC) AEM 1 “Ascensores” adaptará la reglamentación de los mismos actualizando los procedimientos de mantenimiento e inspecciones periódicas para la vigilancia del estado de los elementos estructurales y de seguridad de las unidades, así como su modernización.

Esta ITC, trae importantes novedades tanto para ascensores de viviendas particulares, como para aquellos instalados en edificios públicos. En consecuencia, los Administradores de Fincas deben tener en cuenta los cambios que se implementarán en torno a 4 aspectos fundamentales con el objetivo de informar y asesorar debidamente a las comunidades de vecinos.

"La ITC es una instrucción técnica que ya esperábamos y que se aprobó el año pasado. El objetivo principal de esta nueva normativa es intentar que el mantenimiento de ascensores sea adecuado y que estas instalaciones sean cada vez más seguras", nos cuenta en COPE Ana Martínez, CEO de la empresa Magaiz, compañia dedicada a ascensores y soluciones de accesibilidad.

¿qué medidas recoge la nueva normativa?

Uno de los primeros aspectos a tener en cuenta es la mejora de la nivelación en cabina. Se deben llevar a cabo las modificaciones necesarias para garantizar la nivelación del sistema en un plazo máximo de 6 meses en caso de accidente por falta de nivelación o por cambio del grupo tractor. Es recomendable el uso de un variador de frecuencia. En cuanto a los ascensores existentes, tras la Inspección Periódica Obligatoria (IPO) con precisión de parada diferentes a la norma UNE EN 81-20, deberá modificarse en el plazo 1 año.

También habrá que instalar un sistema de protección de cierre de puertas automáticas. Así, todos los ascensores tendrán que incorporar una cortina fotoeléctrica como dispositivo de protección, que cubra la apertura desde al menos 25 mm y hasta 1.600 mm sobre la pisadera de cabina. Dicha instalación debe hacerse antes de los 6 meses en caso de accidente y al año para inspección periódica.

Otro aspecto a tener en cuenta es la protección contra movimientos incontrolados de la cabina. Se deberán llevar a cabo las modificaciones necesarias para impedir o detener el movimiento de la cabina más allá de la planta. Dicha instalación debe hacerse en el momento en el que se efectúe la sustitución simultánea del grupo tractor y maniobra.

Además, deberá haber comunicación bidireccional en cabina, es decir, los ascensores tienen que estar conectados a un centro de rescate que permita una intervención rápida en caso de atrapamientos. La instalación debe realizarse en un plazo de 1 año y tiene que ser accesible a personas con discapacidad física.

Además, los ascensores existentes, salvo catalogados como patrimonio histórico artístico, no han de tener guías de cabina y/o contrapeso que incorporen paracaídas, de tipos cilíndrica, o de madera. A este punto deberán prestar especial atención aquellos ascensores instalados entre los años 50 y 60.

Los ascensores también deberán contar con dispositivos de control de carga y contrapeso. De acuerdo con esta normativa todos los ascensores deben incorporar un dispositivo que avise de la sobrecarga de la cabina. Del mismo modo, se ha de asegurar que el contrapeso sea inspeccionable durante todo su recorrido. Esto último, debe realizarse también dentro de un plazo de 3 años para ascensores con más de 50 años y en 5 para ascensores más nuevos.

Además, las empresas conservadoras que se encarguen del mantenimiento deberán elaborar una serie de instrucciones para el uso seguro de cada ascensor objeto de su actividad de mantenimiento, de la cual debe entregar una copia al titular de la instalación. En caso de no disponer de ellas, deberá llevarlas a cabo en el plazo máximo de dos años desde la entrada en vigor de la presente ITC. 

Estas instrucciones deben contener directrices para el rescate de usuarios atrapados, especificando el número de conservadores necesarios, procedimientos de acceso al techo de cabina, foso y otros espacios de maquinaria relevantes, instrucciones de uso y prueba del sistema de comunicación bidireccional o identificación de los componentes de seguridad.

JORNADAS EN ARAGÓN

El próximo 1 de octubre, la Asociación de Pequeños y Medianos Ascensoristas de Aragón, organizan unas jornadas en Zaragoza para informar sobre la nueva inspección técnica complementaria, la ITC,  que todos los ascensores tienen que cumplir. En estas jornadas, Magaiz como empresa lider en el sector, tendrá un destacado papel.

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