La DPH abre la convocatoria de ayudas para la celebración de ferias, exposiciones y salones

La Diputación de Huesca destinará un total de 240.000 euros.

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Redacción COPE Huesca

Huesca - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Tras unos meses en los que las ferias, exposiciones y salones de la provincia estuvieron prácticamente paralizados, la programación de este tipo de eventos va recuperándose poco a poco, aunque siempre cumpliendo con la normativa sanitaria vigente para frenar la expansión del coronavirus.

Para dar apoyo, y más si cabe en estos momentos, a la tradición ferial de la provincia, la DPH ha abierto el plazo para la solicitud de subvenciones relacionadas con este sector, a la que se destinan un total de 240.000 euros.

Las ayudas, que pueden solicitar tanto Ayuntamientos como Comarcas e instituciones feriales de la provincia, están dirigidas a las citas celebradas entre el 1 de noviembre de 2020 y el próximo 31 de octubre, y que estén incluidas en el calendario oficial de Aragón.

Se trata de eventos centrados en diferentes sectores, como el agrícola, industrial o comercial, con carácter localista o folclórico, que apuestan por la gastronomía del territorio, la exhibición de diferentes razas de animales autóctonas o que permiten acercarse a instrumentos tradicionales.

El objeto de las subvenciones es para sufragar gastos corrientes derivados de la celebración de ferias, exposiciones y salones celebrados o por celebrar en la provincia de Huesca desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de octubre de 2021, incluidos dentro del Calendario de Ferias y Exposiciones Oficiales de Aragón del correspondiente ejercicio, publicado en www.aragon.es/ferias.

Para las ferias celebradas desde el 1 de noviembre de 2020 hasta el 31 de marzo de 2021, es el 1 de junio de 2021. Para presentar la documentación acreditativa del pago, se establece un plazo adicional hasta el 30 de junio.

Para las ferias que se celebren desde el 1 de abril hasta el 30 de junio de 2021, es el 15 de julio de 2021. Para presentar la documentación acreditativa del pago, se establece un plazo adicional hasta el 17 de agosto.

Para las ferias que se celebren desde el 1 de julio hasta el 30 de septiembre de 2021, es el 30 de octubre de 2021. Para presentar la documentación acreditativa del pago, se establece un plazo adicional hasta el 30 de noviembre.

Para las ferias que se celebren en el mes de octubre de 2021, es el 16 de noviembre de 2021. Para presentar la documentación acreditativa del pago, se establece un plazo adicional hasta el 15 de diciembre.

Estos plazos no son objeto de prórroga.

Los impresos e instancias genéricos necesarios para realizar la tramitación de la subvención están disponibles en la sede electrónica,

Para realizar la presentación electrónica hay que descargar, cumplimentar y firmar los impresos e instancias de la convocatoria y, posteriormente realizar "nueva instancia".

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