Lo que nunca te deben cobrar en un restaurante: las trampas en la hostelería según la OCU

El portavoz de la OCU, José Carlos Cutiño, recuerda los derechos básicos de los consumidores frente a prácticas abusivas en bares y restaurantes durante el verano, la época de mayor actividad en el sector

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José Carlos Cutiño, portavoz de la OCU, destapa las trampas en la hostelería a través de una entrevista

Redacción COPE Sevilla

Sevilla - Publicado el

2 min lectura

Con la llegada del verano y el aumento de las salidas a bares y restaurantes, la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) ha querido lanzar un mensaje claro para que los ciudadanos conozcan sus derechos y estén atentos a posibles prácticas abusivas. En una entrevista reciente, su portavoz, José Carlos Cutiño, ha repasado algunas de las situaciones más comunes que pueden encontrarse los clientes y que, en muchos casos, no se ajustan a la legalidad.

Uno de los puntos más importantes tiene que ver con la falta de información en las cartas, especialmente cuando se indica que el precio de un plato es “según mercado”. Según Cutiño, esta práctica es directamente ilegal: “El precio debe aparecer completo, con IVA incluido, y debe especificarse claramente incluso en los productos que se sirven por peso”, explicó. Si no es así, el consumidor podría negarse a pagar la cantidad exigida y solicitar que se le cobre el precio equivalente a otro producto similar que sí figure en la carta.

También subrayó que todo concepto que vaya a cobrarse debe estar debidamente anunciado. Por ejemplo, el establecimiento puede cobrar por la leche en el café o el hielo en los refrescos, pero solo si está expresamente indicado. En cambio, el cobro del cubierto, tan habitual en algunos locales, es ilegal en cualquier caso, ya que no implica ninguna contraprestación.

Otra práctica ilegal es imponer la propina por defecto en el ticket. “La propina es siempre un acto voluntario del cliente. No puede aparecer sumada automáticamente en la cuenta”, aclaró el portavoz de la OCU, tras advertir que este tipo de situaciones empiezan a detectarse cada vez con más frecuencia.

En cuanto al agua del grifo, Cutiño fue tajante: “No se puede cobrar. El cliente tiene derecho a pedir una jarra o vasos de agua del grifo y el local está obligado a ofrecerla sin coste adicional, sin excusas por calidad o disponibilidad”.

Respecto a las formas de pago, recordó que el efectivo no puede rechazarse nunca, ya que tiene efecto liberatorio por ley. Por el contrario, el pago con tarjeta puede ser denegado, pero solo si se ha advertido de forma visible y clara antes de consumir. “Una pegatina en la puerta, en un lugar accesible, es suficiente. Lo que no se puede es sorprender al cliente después”, explicó. Sobre nuevos métodos como Bizum o transferencias inmediatas, la OCU señala que solo deben aceptarse si el local así lo anuncia.

Por último, el uso del baño por parte de personas que no son clientes es una práctica que sí puede limitarse legalmente, aunque desde la organización consideran que, en determinados casos —niños, personas mayores, discapacitados—, resulta poco considerada.

Con este repaso, la OCU busca concienciar a los consumidores sobre sus derechos y fomentar una relación más transparente y justa entre locales y clientes. Ante cualquier abuso, recuerda que se puede reclamar y solicitar la hoja oficial de reclamaciones.

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