El detalle que pasan por alto los dueños de viviendas turísticas en Sevilla y acumula numerosas denuncias: 30.000 euros de multa

El incumplimiento de esta normativa podría llevar a la clausura temporal de la vivienda de uso turístico

Lo que los dueños de viviendas turísticas no hacen y ya ha conllevado numerosas denuncias en Sevilla: "seguimiento exhaustivo"
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Rocía Díez, Portavoz de la Policía Nacional en Sevilla

Lo que los dueños de viviendas turísticas no hacen y ya ha conllevado numerosas denuncias en Sevilla: "seguimiento exhaustivo"

Laura Cascajosa

Sevilla - Publicado el

3 min lectura

La Policía Nacional ha lanzado una advertencia clara a los propietarios y gestores de hoteles, hostales, apartamentos y, muy especialmente, viviendas de uso turístico (VUT) en Sevilla: el estricto cumplimiento de las obligaciones de registro y comunicación de viajeros será vigilado de cerca

En un comunicado, las autoridades han informado de la intensificación de las inspecciones para garantizar la correcta aplicación del Real Decreto 933/2021, una normativa que, desde el pasado diciembre, obliga a registrar a todos los huéspedes a través de una nueva plataforma digital centralizada.

La reincidencia en infracciones graves puede llevar a la clausura temporal de la vivienda"

La Policía Nacional de Sevilla ha levantado "numerosas denuncias por falta de registros o comunicaciones en la nueva aplicación informática de hospedajes", sobre todo en las viviendas de Uso Turístico, sobre las que se ha iniciado de procedimientos sancionadores.

La normativa busca reforzar la seguridad ciudadana y obliga a todos los responsables de alojamientos turísticos y empresas de alquiler de vehículos a motor a recopilar y remitir a las autoridades una serie de datos de sus clientesEste trámite ya no se realiza a través de los antiguos sistemas de la Policía Nacional (Webpol) o la Guardia Civil, sino que debe hacerse exclusivamente a través de la plataforma SES Hospedajes, dependiente de la Secretaría de Estado de Seguridad.

La Policía Nacional recuerda que las infracciones pueden acarrear sanciones de distinta gravedad

La Policía Nacional recuerda que las infracciones pueden acarrear sanciones de distinta gravedad

¿Cómo funciona la App SES Hospedajes y qué datos exige la ley?

El Real Decreto 933/2021 supuso un cambio significativo en la gestión de los datos de los viajeros. La normativa, que entró en vigor de manera definitiva el 2 de diciembre de 2024 tras varios periodos de adaptación, obliga a los anfitriones a registrar una cantidad mayor de información que la requerida anteriormente. Los datos deben ser comunicados en las 24 horas siguientes al inicio de la estancia del huésped.

Para cumplir con la ley, los propietarios deben darse de alta en el sistema SES Hospedajes. El proceso se realiza de forma telemática, utilizando métodos de identificación como el DNI electrónico, el certificado digital o el sistema Cl@ve. Una vez registrados, deben comunicar la información de cada viajero.

Los datos a recopilar y comunicar se dividen en varias categorías:

  • Datos del viajero: Nombre completo, sexo, número y tipo de documento de identidad, nacionalidad, fecha de nacimiento y lugar de residencia habitual.

  • Datos de la transacción: Número de referencia del contrato, fecha de entrada y salida, así como información relativa al método de pago, incluyendo el tipo, el titular y otros datos de identificación del medio de pago.

  • Datos del inmueble: Dirección completa del alojamiento.

La ley también exige que los propietarios conserven un registro documental con esta información durante un periodo de tres años.

Sanciones por incumplimiento: un riesgo real para los propietarios  

El incumplimiento de estas obligaciones no es un asunto menor. La Policía Nacional recuerda que las infracciones pueden acarrear sanciones de distinta gravedad, contempladas en la Ley Orgánica 4/2015 de Protección de la Seguridad Ciudadana.

Las sanciones se clasifican en leves y graves:

  • Infracciones leves: Se sancionan con multas de 100 a 600 euros. En esta categoría se incluyen la comunicación de datos fuera de plazo, errores en la información proporcionada o la omisión parcial de datos obligatorios.

  • Infracciones graves: Conllevan multas que van desde los 601 hasta los 30.000 euros. Se considera una infracción grave la falta total de comunicación de los datos de los huéspedes o no estar dado de alta en el registro como proveedor de alojamiento.

Además de las multas económicas, la reincidencia en infracciones graves puede llevar a la "clausura temporal de los establecimientos infractores", una medida drástica que la Policía Nacional no duda en recordar. El objetivo, insisten las autoridades, no es meramente administrativo, sino una pieza esencial para "garantizar la Seguridad Ciudadana".

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