ECONOMÍA

Hacienda: Cuidado que pueden quedarse con el dinero que tengas en tu cuenta bancaria

Para que esto ocurra, tu cuenta debe declararse 'inactiva'. Según la ley, una cuenta pasa a ser 'inactiva' cuando no se han producido en ella movimientos en los últimos 20 años

ctv-mtu-contar-dinero-2008805

Redacción COPE Málaga

Málaga - Publicado el - Actualizado

2 min lectura

Suele suceder que hay mucha gente que prefiere tener dinero en efectivo en su casa o quizá no confiar mucho en los bancos o entidades bancarias variadas y evitan tener cuentas corrientes o de ahorros. Cada vez es menos, pero si es cierto que a día de hoy es un proceso complicado abrir una cuenta bancaria, ya sea de cualquier entidad, aunque al final son muchas las cuentas que se abren con un mínimo de dinero.

Dicho esto, hay muchos casos en los que se abre una cuenta bancaria por algún motivo en especial y ahí queda, con dinero, con mucho o poco o lo justo, el caso es que esas cantidades, si pasado un tiempo no se usa o la cuenta no recibe movimiento alguno, es muy posible que puedas perder el dinero que tengas en ella.

CUENTA INACTIVA

Para que esto ocurra, tu cuenta debe declararse 'inactiva'. Según la ley, una cuenta pasa a ser 'inactiva' cuando no se han producido en ella movimientos en los últimos 20 años, así como tampoco ninguna indicación del titular.

Cuando esto ocurre, la entidad bancaria debe avisar a la Agencia Tributaria de que se cumple el supuesto principal de este caso, por lo que el organismo podrá hacerse cargo de la cantidad de la cuenta.

Pero el proceso no es automático. Cuando Hacienda activa el proceso, se abre un periodo de alegaciones para titulares o herederos, vía publicación en el Boletín Oficial del Estado.

LO DICE LA LEY

Y es que se da la paradoja, debe ser mucha casualidad u olvido, que la ley marca esto como legal, es decir, si nadie reclama, entonces el dinero de la cuenta se lo queda Hacienda.

Así lo recoge el Artículo 18 de la Ley 33/2003 del Patrimonio del Estado: "Corresponden a la Administración General del Estado los valores, dinero y demás bienes muebles depositados en la Caja General de Depósitos y en entidades de crédito, sociedades o agencias de valores o cualesquiera otras entidades financieras, así como los saldos de cuentas corrientes, libretas de ahorro u otros instrumentos similares abiertos en estos establecimientos, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique el ejercicio de su derecho de propiedad en el plazo de veinte años".

Hay que recordar que la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) es un Ente de Derecho público de la Administración General del Estado español encargado de la gestión del sistema tributario y aduanero estatal, así como de los recursos de otras Administraciones y Entes Públicos, nacionales o de la Unión Europea, cuya gestión se le encomiende.

Escucha en directo

En Directo COPE MÁLAGA

COPE MÁLAGA

En Directo COPE MÁS MÁLAGA

COPE MÁS MÁLAGA

Programas

Último boletín

13:00H | 21 FEB 2026 | BOLETÍN

Boletines COPE
Tracking