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Caso Soule

La Audiencia Nacional ordena imputar al exjefe de los árbitros Sánchez Arminio y vuelve a llamar a Villar

Además de estas dos personas, también ha llamado al secretario general del CTA Raúl Massó por el presunto desvío de fondos de casi ocho millones de euros.

Sánchez Arminio y Ángel María Villar

Sánchez Arminio y Ángel María Villar

Tiempo de lectura: 1'Actualizado 17:08

La Audiencia Nacional ha ordenado al juez instructor del 'caso Soule', en el que se indaga en las presuntas irregularidades en la gestión de Ángel María Villar como presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF), que vuelva a tomar declaración en calidad de investigado a Villar y que llame como imputados al que fuera presidente del Comité Técnico de Árbitros (CTA) Victoriano Sánchez Arminio y al secretario general del CTA Raúl Massó por el presunto desvío de fondos de casi ocho millones de euros.

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En un auto, los magistrados de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal estiman parcialmente el recurso interpuesto por la Liga Nacional de Fútbol Profesional que recurrió el auto del juez instructor Alejandro Abascal en el que acordaba prorrogar tres meses la investigación y rechazaba la solicitud de citarles como investigados a Sánchez Arminio y a Massó, entre otras razones, porque ya habían declarado testigos.

El tribunal desestima la otra petición de la Liga para que se tenga como investigada a la RFEF. La Sala explica que esta diligencia deberá estudiarse a la espera del resultado de las declaraciones de los tres anteriores.

La resolución señala que procede tomarles declaración como investigados, sin perjuicio de la futura precisión acerca de la existencia de pruebas, ya que lo conveniente en este momento es verificar si hay indicios de la posible responsabilidad penal y si esos indicios son imputables a las personas cuya declaración solicita la Liga.

Para la Sala, el hecho de ya hayan declarado previamente como testigos no es óbice para su posterior cambio de condición, pasando a ser investigados. "No es sino la existencia o no de indicios racionales y suficientes de criminalidad lo que ha de determinar si la solicitud de incorporación de las personas citadas como investigas debe o no atender".

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