Renta 2021/2022: qué significa “su declaración se está tramitando”
Lo primero que se entrega es un borrado que la Agencia Tributaria se encarga de verificar, para encontrar si hay algún error. La declaración pasa por varias fases

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Madrid - Publicado el - Actualizado
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Cuando realizamos la declaración de la renta, primero se entrega un borrador, que la Agencia Tributaria se encarga de verificar que esté todo correcto. En este momento, la declaración pasará por varias etapas hasta que se confirma que el resultado es pagar o devolver. Si en nuestra declaración nos tienen que devolver dinero, será una vez confirmado cuando el organismo le hace entrega del dinero al contribuyente. Además, Hacienda nos permite que revisemos, cuando queramos, en qué fase o etapa se encuentra nuestra declaración.
Mensajes en cada fase
Lo único que debemos hacer es entrar en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria. Ahí nos aparecerán varios mensajes que nos informarán sobre el estado en el que se encuentra el trámite. Lo primero que cualquier persona suele recibir es un mensaje en el que pone "su declaración se está tramitando". Esto quiere decir que la declaración se ha recibido sin ningún impedimento, pero que aún no se ha empezado a comprobar. Esta es la primera fase de todo el procedimiento y, si no hay ningún error, después de este mensaje, recibiremos otros tres más.
Problemas con la devolución
Sin embargo, no hay que olvidar que podría aparecernos un mensaje diferente en caso de que haya habido cualquier problema en la devolución de la declaración de la Renta: "La declaración con el importe indicado no ha sido grabada o está en proceso. Compruebe el importe". Ha habido algún incidente con el envío, así que el contribuyente tendrá que volver a revisar la información aportada. Si no se encuentra ningún error, la solución es presentarse en las oficinas de la Agencia Tributaria.
Normalmente, Hacienda suele devolver el dinero en un plazo de dos semanas desde que se presenta la declaración. Sin embargo, hay un plazo de hasta seis meses desde que se pone fin a la Campaña de la Renta. Puede devolver el dinero hasta el 30 de diciembre y, si se demorase más, deberá pagar unos intereses por la tardanza.