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No es el abrigo: si conduces con esta prenda te pueden poner una multa de 200 euros

Conducir con ciertas prendas de abrigo durante este invierno puede suponerte una multa y tienes que tener especial cuidado con ello

No es el abrigo: si conduces con esta prenda te pueden poner una multa de 200 euros

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 10:46

Estamos casi a mediados de diciembre y eso se nota, no solo en cómo las calles están vestidas de luces y que estamos en pleno Adviento, sino por las bajas temperaturas. Hace una semana muchos expertos nos contaban cómo iban a ser estos días de puente de cara al clima, y no se han equivocado en absoluto. Cada vez hace más frío y la lluvia ha sido una constante.



Por eso mismo, cada vez que salimos, vamos con paraguas y de lo más abrigados, para evitar pasar el máximo frío posible. Es más, si tenemos que movernos lejos de casa, optamos por taxis o nuestro coche particular para ir "de puerta a puerta" e intentar evitar los cambios de temperatura que sí que experimentamos cuando vamos en metro o autobús.

Pero claro, si vamos en coche, tarda un tiempo en calentarse hasta que podemos arrancar. Y por eso, muchas veces entramos en él con el abrigo, el gorro, los guantes y la bufanda. Algo que, aunque no lo sepas, podría suponerte una multa. Y es que el hecho de conducir con abrigo es malo para la seguridad, especialmente si el abrigo es voluminoso, porque limita nuestros movimientos y puede provar un efecto en caso de accidente que te deje sin protección.

Eso sí, no es la única prenda con la que no deberías conducir si quieres protegerte y, también, si quieres evitar multas. Por ejemplo, conducir con guantes o con botas de montaña es motivo de multa. Y ojito, porque la multa no es nada barata: unos 200 euros.

Estos son los fallos más comunes al volante

El listado de infracciones al volante es muy largo .Y sí, conducir con el abrigo puesto no está permitido y aunque no nos quiten puntos del carneT, sÍ que nos quitan 200 euros del bolsillo.

Lo mismo ocurre con comer al volante, que es una infracción leve y conlleva una multa de 100 euros. Ojo a esto: conducir estando de baja, por motivos como annsiedad, dolor cervical o lumbar, acarrea una multa que puede dispararse hasta los 6.000 euros. De hecho, la DGT recuerda que si conducimos que lo hagamos en plenas facultades.



Otra infracción: no respetar la distancia con los ciclistas o peatones. Y mucha atención con esto: tocar el GPS en marcha. Supone la pérdida de 6 puntos del carné y una multa de hasta 200 euros. Misma sanción, 200 euros como mínimo y 500 como máximo, si no llevamos la ITV al día.

David Gómez Redondo, Guardia Civil, señala que “la distracción más común es la manipulación del móvil o el GPS. Hay que ser conscientes de que esto produce una distracción en la conducción”.

Añade además que “un atasco no es un peligro, lo que hay que hacer es mantener la distancia de seguridad por si tenemos que hacer un frenado de emergencia y no colisionar con el de delante”.

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Para sorpresa de muchos, dice que “los intermitentes son los grandes olvidados , muchas veces no señalizamos nuestras maniobras. No quiere decir que por señalizarlos tengamos preferencia de paso”.

Precisa que “en el año 2022 hay 758 personas fallecidas, es un indice muy elevado. Esto lo provoca la distancia de seguridad, el agotamiento y la inmovilidad en la conducción”.

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