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La sanción por no llevar la etiqueta de la DGT en Madrid será de 15 euros y supondrá una infracción leve

La sanción por no llevar la etiqueta de la DGT en Madrid será de 15 euros y supondrá una infracción leve

Europa Press

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 07:22

La sanción a los vehículos que circulen por Madrid sin la etiqueta medioambiental de la Dirección General de Tráfico (DGT) será de 15 euros y constituirá una infraccción leve, según han señalado a Europa Press fuentes municipales.

Este miércoles entra en vigor la obligatoriedad de los distintivos ambientales, cuya finalidad tiene "un carácter de sensibilización y de control manual de las medidas de lucha contra la contaminación". El Ayuntamiento de Madrid no tiene previsto campañas específicas de control de esta obligación, según han indicado las mismas fuentes.

La delegada de Medio Ambiente y Movilidad del Ayuntamiento de Madrid, Inés Sabanés, recalcaba ayer que los distintivos ambientales de los automóviles procede de una regulación estatal aprobada en la anterior legislatura y que su obligatoriedad, que deviene de la ordenanza de Movilidad, fue "avisada" con "muchísimo tiempo de antelación".

Sabanés remarcaba que estos distintivos los impulsó la DGT y que el trámite para informarse y obtenerlos es sencillo. La delegada indicó que este sistema se estableció por el anterior gobierno central y que hay un "mandato de renovación de flotas" por condicionantes ambientales.

También destacó que la obligatoriedad de estos distintivos parte de la ordenanza de movilidad de Madrid que fue "avisada" con "muchísimo tiempo" mediante un periodo de información previa, de participación y de presentación de enmiendas antes de su aprobación en el Pleno municipal.

Los distintivos ambientales en vehículos es una medida que deviene de la normativa estatal (Plan Nacional de Calidad del Aire y Protección de la Atmósfera 2013-2016) y son cuatro: '0 Emisiones', 'ECO', 'C' y 'B' que miden su impacto ambiental.

En consecuencia, los propietarios deberán solicitar el distintivo y colocarlo en un lugar visible del parabrisas en todos aquellos vehículos a motor (incluidas motocicletas) salvo los catalogados como vehículos A (con carácter general de gasolina matriculados antes del año 2000 y los diésel anteriores a 2006).

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