¿Qué pasaría si tengo una accidente de tráfico y no hay un culpable claro?
El Tribunal Supremo ha dictado que cada conductor debe pagar el 50% de los daños del otro vehículo cuando haya una colisión sin culpables

¿Qué pasaría si tengo una accidente de tráfico y no hay un culpable claro?
Madrid - Publicado el - Actualizado
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El Tribunal Supremo ha dictado que cada conductor debe pagar el 50% de los daños del otro vehículo cuando haya una colisión sin culpables claros, en una sentencia de la Sala Civil que fija doctrina sobre la solución aplicable a los casos de daños en los bienes causados por la colisión recíproca de vehículos sin determinación del grado de culpa de cada conductor.
El Alto Tribunal señala que cuando ninguno de los conductores logre probar su falta de culpa o negligencia en la causación del daño al otro vehículo cabrían en principio tres posibles soluciones: que cada conductor indemnice íntegramente los daños del otro vehículo; que las culpas se neutralicen y entonces ninguno deba indemnizar los daños del otro vehículo; y que cada uno asuma la indemnización de los daños del otro vehículo en un 50%.
La sala considera que la tercera solución es la "más coherente" con la efectividad de la cobertura de los daños en los bienes por el seguro obligatorio de vehículos de motor. A juicio de los magistrados, cualquiera de las otras dos o bien podría privar por completo de indemnización, injustificadamente, al propietario del vehículo cuyo conductor no hubiera sido causante de la colisión pero no hubiese logrado probar su falta de culpa, o bien podría dar lugar a que se indemnice por completo al propietario del vehículo cuyo conductor hubiera sido el causante de la colisión pero sin que exista prueba al respecto.
Fuentes consultadas por COPE, del sector de las aseguradoras, muestran su preocupación en relación a los plazos y a las posturas de los afectados, sobre todo si no se llega a un acuerdo entre las partes: “Las tres propuestas planteadas pueden llegar a ser muy complejas de justificar. Si el culpable no está claro, las defensas de las personas involucradas pueden recurrir varias veces hasta conseguir la sentencia que más les beneficie. Puede que los casos entren en un círculo hermenéutico que no acabe nunca, siempre que no haya voluntad de acuerdo entre los interesados".
Las tres propuestas relacionadas con la posible solución son: Que cada conductor indemnice íntegramente los daños del otro vehículo; que la culpas se neutralicen y entonces ninguno deba indemnizar los daños del otro vehículo o que cada uno asuma la indemnización de los daños del otro vehículo en un 50 %.
Las aseguradoras consideran que la no existencia de una “figura mediadora” puede provocar más problemas que beneficios: “Nosotros tenemos un compromiso de defensa con todos nuestros clientes, pero es verdad que necesitamos indicios o algún parámetro que nos permita tomar una decisión, beneficie o no a nuestros clientes”.
La nueva sentencia del pleno completa esta doctrina jurisprudencial para los supuestos de daños en los bienes, en los que el régimen de la responsabilidad civil no se funda ya en ese principio de solidaridad social, sino en el de la culpa o negligencia del conductor causante del daño, con la inversión de la carga de la prueba que resulta de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM) y del principio general de responsabilidad por riesgo que preside dicha norma.



