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El plan de Sanidad para la segunda ola: será cada comunidad autónoma la que pida el estado de alarma

El plan de Sanidad establece cuatro niveles de alerta en función de la situación sanitaria y epidemiológica de cada comunidad autónoma

El plan de Sanidad para la segunda ola: será cada comunidad autónoma la que pida el estado de alarma

El ministro de Sanidad, Salvador Illa. EFE/ MariscalMariscal

Patricia Blázquez Serna
TwitterRedactor de COPE

Agencias

Tiempo de lectura: 3'Actualizado 04 nov 2020

El Consejo Interterritorrial de Salud Pública que se ha celebrado este jueves ha aprobado el plan del Ministerio de Sanidad para poder aplicar nuevas medidas comunes a todo el territorio español con el objetivo de atajar la segunda ola de la pandemia de covid-19.

El plan de Sanidad establece cuatro niveles de alerta, con umbrales que se fijan en función de la situación epidemiológica en cada una de las comunidades autónomas. Cada nivel tendrá asociado una serie de medidas. En el caso de que un territorio sea declarado en el nivel 4, además delas restricciones del nivel 3, se adoptarán "medidas excepcionales, tras una evaluación específica de la situación, que podrán incluir la limitación de la movilidad de las personas, cierres perimetrales u otras restricciones del movimiento".

En el caso de que alguna comunidad autónoma desee activar la medida de los estados de alarma o excepción, Sanidad insite en que será responsabilidad de cada presidente regional "solicitar al Gobierno la declaración del estado de alarma", para de esta forma poder aplicar las medidas restrictivas oportunas.

¿Qué medidas hay en cada uno de los niveles de alerta?

NIVEL 1

- Relacionarse en burbujas sociales estructuradas en grupos de convivencia estable y no hacer reuniones de más de 15 personas, así como restringir los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

- Los aforos no deberían superar el 75 % (hasta un máximo de 50 personas) en espacios cerrados para velatorios, entierros y ceremonias fúnebres y de otro tipo como bodas y bautizos, sin limitaciones al aire libre. La misma capacidad reserva, con un máximo de hasta 10 personas por mesa -15 si es en exteriores-, para los interiores de establecimientos de restauración y hostelería, salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas. Mantiene el cierre de las discotecas.

NIVEL 2

- Restringir los viajes no esenciales fuera de la unidad territorial evaluada.

- Prohibición del consumo en barra y la reducción del 50 % del aforo en interiores de locales de restauración y hostelería, el mismo que para las zonas interiores de instalaciones y centros deportivos, aunque en estos dos últimos casos prevé su cierre si no se puede garantizar la seguridad y ventilación.

- Reuniones de un máximo de diez personas y fomentar el teletrabajo son otras de las medidas incluidas, así como la recomendación de permanecer en el domicilio.

- Restricciones del 50 % del aforo en entierros y velatorios en espacios cerrados (máximo 30 personas) y no hay limitaciones en espacios abiertos siempre que se pueda garantizar la distancia, las mismas recomendaciones que para otras ceremonias como bodas y bautizos.

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- En el caso de los lugares de culto, se reduce a la mitad el aforo máximo y en espacios cerrados. "Ofrecer servicios telemáticos o por televisión", se acuerda.

NIVEL 3

- Limitar a un máximo de seis las congregaciones de personas y la "valoración" de limitación de horarios de apertura al público de hasta las 23 horas en los establecimientos en servicio no esencial.

- Respecto al interior de locales de restauración y hostelería, la autoridad sanitaria valorará el cierre, y en su defecto reducirá el aforo al máximo posible; lo mismo que indica para establecimientos como salas de bingo, casinos o locales de apuestas.

- Pero también recomienda salir del domicilio "solo lo necesario", valorar la limitación de entradas y salidas del área territorial salvo actividades esenciales y acudir al trabajo de manera "excepcional" para actividades o reuniones precisas.

- En cuanto a los velatorios y entierros limitar el aforo a un tercio en sitios cerrados (máximo diez personas) y 20 asistentes máximo en espacios abiertos. Sobre otras ceremonias como bautizos o bodas, apuesta por aplazarlos si es posible, no obstante, establece limitaciones de asistencia.

NIVEL 4

Tal y como se ha mencionado, todas aquellas comunidades que se encuentren en el nivel de alerta máximo, el nivel 4, tendrán las mismas restricciones que las contempladas en el nivel 3 pero con la posibilidad de aplicar "medidas excepcionales" que podrían contemplar la limitación "de la movilidad, cierres perimetrales" o cualqueir otro tipo de restricción relacionada con el movimiento de personas.

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