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El TS ordena que se permita votar a los agentes destinados en Cataluña el 10N

El Tribunal Supremo ha ordenado a la Junta Electoral Central que adopte las medidas necesarias para garantizar el voto a los agentes de la Policía Nacional que hayan sido desplazados a Cataluña para las elecciones de este domingo sin advertencia previa desde el pasado 31 de octubre.,Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala

Agencia EFE

Tiempo de lectura: 2'Actualizado 22:24

(Actualiza la NA5203 con información del procedimiento establecido por la JEC para el voto de los policías nacionales desplazados a Cataluña)

El Tribunal Supremo ha ordenado a la Junta Electoral Central que adopte las medidas necesarias para garantizar el voto a los agentes de la Policía Nacional que hayan sido desplazados a Cataluña para las elecciones de este domingo sin advertencia previa desde el pasado 31 de octubre.

Fuentes jurídicas han informado a Efe de que la Sala de lo Contencioso del Alto Tribunal ha estimado la medida cautelarísima presentada por el sindicato policial Jupol por razones de urgencia contra el acuerdo de la Junta del pasado 6 de noviembre en el que comunicaba que no podía garantizar el voto de los agentes.

La razón era que "la única posibilidad de que ese voto pudiera computarse" exigiría una modificación del procedimiento del voto por correo, y para algo así la Junta "carece de habilitación legal".

Ahora el Alto Tribunal se pronuncia al respecto en un auto, y aunque admite que no le corresponde sustituir a la administración central en sus funciones, indica que su deber es arbitrar los criterios que tendrá que seguir la Junta para facilitar que los agentes destacados en Cataluña puedan votar.

Eso sí, recuerda que solo podrán acogerse a este procedimiento excepcional los policías que hayan sido desplazados sin advertencia previa a partir del pasado 31 de octubre incluido.

Para ello, la administración electoral deberá establecer un procedimiento de solicitud de voto por correo en las Delegaciones de gobierno en Cataluña y ampliar el plazo de emisión de voto por correo para los policías destacados hasta el mismo 10 de noviembre.

De esta forma, el plazo para su escrutinio será hasta el miércoles 13.

También ordena el Supremo garantizar que no haya supuestos de doble emisión de voto e insta por otra parte al Ministerio del Interior a adoptar todas las medidas necesarias desplazando a todos los empleados de Correos que sean pertinentes al efecto.

Es la urgencia ante la inminente celebración de los comicios lo que ha llevado al Supremo a adoptar dichas medidas ante la petición, a su juicio justificada, del sindicato JUPOL, si bien admite que el supuesto planteado es marcadamente excepcional.

El sindicato policial, con mayoría de representantes en el consejo del cuerpo tras ganar las elecciones en junio, considera que en torno a 1.800 policías nacionales están afectados.

Posteriormente, la Junta Electoral Central ha adoptado un resolución en la que explica el procedimiento excepcional de voto por correo para los policías nacionales desplazados a Cataluña

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Los interesados deberán entregar el sábado 9 de noviembre antes de las 16 horas la solicitud de voto por correo que les facilite la Delegación o Subdelegaciones del Gobierno en Cataluña, que a su vez tienen hacer llegar la documentación necesaria para la votación durante el domingo, que debe ser entregada por los electores antes de las 20.00 horas.

La Delegación y Subdelegaciones del Gobierno entregarán a Correos los sobres dirigidos a las Juntas Electorales Provinciales del lugar en que cada elector vote, de manera que estará disponible para su escrutinio a las 8 horas del miércoles 13 de noviembre.

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