¿Los 'okupas' podrán empadronarse para cobrar la renta mínima?
Las infraviviendas (chabolas, caravanas o cuevas) pueden figurar como domicilios válidos en el Padrón, dispone una instrucción a los Ayuntamientos

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Madrid - Publicado el - Actualizado
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Los okupas de viviendas podrán darse de alta en el padrón municipal de la localidad donde habiten. Así se establece en una resolución de la Presidencia del Instituto Nacional de Estadística y de la Dirección General de Cooperación Autonómica y Local, por la que se dictan instrucciones técnicas a los Ayuntamientos sobre la gestión del Padrón municipal.
"El Padrón debe reflejar el domicilio donde realmente vive cada vecino del municipio y de la misma manera que la inscripción padronal es completamente independiente de las controversias jurídico-privadas sobre la titularidad de la vivienda, lo es también de las circunstancias físicas, higiénico-sanitarias o de otra índole que afecten al domicilio. En consecuencia, las infraviviendas (chabolas, caravanas, cuevas, etc. e incluso ausencia total de techo) pueden y deben figurar como domicilios válidos en el Padrón", dispone el artículo 3.3. de la resolución.
La publicación en el BOE del 2 de mayo se trata de una modificación de una resolución publicada en marzo de 2015. En ella, se regulaba la obligación municipal de incluir en el Padrón municipal a las personas sin hogar.
La resolución actual recoge algunos cambios, pero sin modificar el empadronamiento en infraviviendas, debido a una sentencia de la Audiencia Nacional que anuló dos párrafos de la Resolución de 30 de enero de 2015 relativos a los documentos acreditativos de la identidad de los menores extranjeros.
"Las situaciones más extremas pueden plantear la duda sobre la procedencia o no de su constancia en el padrón municipal. El criterio que debe presidir esta decisión viene determinado por la posibilidad o imposibilidad de dirigir al empadronado una comunicación al domicilio que figure en su inscripción. En el caso de que sea razonable esperar que esa comunicación llegue a conocimiento del destinatario, se le debe empadronar en esa dirección", afirma la orden.



