JUSTICIA MENORES

El TS confirma la absolución de la Diputación de Bizkaia tras quitarle su hija a Costumero

El Tribunal Supremo ha ratificado la absolución de los responsables de la Diputación Foral de Bizkaia de los delitos de prevaricación, malos tratos y lesiones psicológicas, de los que fueron acusados por Irune Costumero por haberle quitado a su hija.

Agencia EFE

Publicado el - Actualizado

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El Tribunal Supremo ha ratificado la absolución de los responsables de la Diputación Foral de Bizkaia de los delitos de prevaricación, malos tratos y lesiones psicológicas, de los que fueron acusados por Irune Costumero por haberle quitado a su hija.

Irune Costumero llevó a juicio al que fuera diputado de Acción Social de Bizkaia, Sergio Murillo, y a tres funcionarias de esa institución por la orden foral por la que le habían "arrancado" a su hija de sus brazos, y por retirarle la custodia de la niña, que pasó a convivir con su padre, a quien la mujer había denunciado por violencia de género.

Esta madre vizcaína ha confirmado a EFE su intención de recurrir la resolución ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos: "Esto no va a quedar así", ha asegurado.

La Diputación Foral sostuvo en el juicio que se siguió ante la Audiencia de Bizkaia que la menor se encontraba en grave situación de desprotección, tras haber sido valorada sobre una herramienta que se emplea en los servicios sociales vascos y que determinó que padecía Síndrome de Alienación Parental (SAP), razón por la que se le retiró la custodia a la madre al estimar que ejercía una influencia en la niña y la predisponía en contra del padre, en un conflictivo proceso de divorcio.

El abogado de Irune Costumero sostuvo que ese síndrome no existe, que no está descrito en la literatura médica, y que se ha rechazado por el CGPJ al estimar que suele emplearse en el caso de hombres acusados de violencia de género para descalificar a las madres y constató que la ley de protección integral a la infancia, aprobada el 4 de junio de 2021, prohíbe utilizar el SAP.

La Audiencia de Bizkaia absolvió al exdiputado foral y a las tres funcionarias al considerar que no había pruebas suficientes contra ellos y el 4 de noviembre de 2021 el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco desestimó el recurso de Costumero y ratificó esa absolución.

La mujer, que ha contado desde el inicio del procedimiento con el apoyo de colectivos feministas, de la relatora de Naciones Unidas y de la ministra Irene Montero, recurrió al Supremo argumentando que no había sido un proceso con todas las garantías y que no se había reproducido íntegramente una prueba con la grabación del momento en el que se llevaron a la niña y se la arrebataron de sus brazos.

Con esa grabación, que duraba más de 15 minutos se escuchaba a la niña gritar y llorar mientras la separaban de su madre, la acusación pretendía demostrar la falsedad de los testimonios de los acusados en el juicio cuando aseguraron que la menor se iba tranquila a casa de su padre.

El TSJPV no admitió esa prueba y el TS tampoco lo hace, al tiempo que se rechaza por extemporánea, la consideración de la falta de imparcialidad del tribunal enjuiciador, lo que le lleva al tribunal a confirmar la sentencia absolutoria de los cuatro acusados.

La Diputación Foral emitió el 3 de agosto de 2017 una orden que suspendió la custodia compartida dictada por un juez y que instaba a la madre a que acudiera con la menor a instalaciones del Servicio de Infancia, donde responsables forales le leyeron esa resolución por la que se llevaban la niña a vivir con el padre desde ese momento. EFE

sf/cc/jdm

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